BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 11/11/2005

Nº175. ESCRITURA NUMERO CIENTO SETENTA Y CINCO. CESION DE CUOTAS “SAPUCAY S.R.L.” FRANCO Y ALEJANDRO FERMI A FAVOR DE SOFIA FERMI.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los diez días del mes agosto del año dos mil cinco, ante mí, NORMA RAQUEL CHAVES DE LEDESMA, Titular del Registro número cuarenta y cuatro, COMPARECEN: FRANCO FERMI, argentino, Documento Nacional de Identidad número 26.501.442, soltero, y ALEJANDRO FERMI, argentino, Documento Nacional de Identidad número 29.206.459, soltero, y SOFIA FERMI, argentina, Documento Nacional de Identidad número 27.727.391, soltera, estudiante, domiciliada, todos con domicilio en calle Pedro Ortiz de Zárate sin número de la localidad de Yala, departamento Doctor Manuel Belgrano de esta provincia. Hábiles, mayores de edad, personas de mi conocimiento, doy fe.-. Y DICEN: Que vienen por este acto a formalizar: I.- CESION DE CUOTAS SOCIALES: de la firma ¨SAPUCAY S.R.L.¨, inscripta en el Registro Público de Comercio al folio 429, Acta Nº417, del Libro II de S.R.L. y registrado con copia bajo asiento Nº41 al folio 311/321 Legajo X, Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha dos de agosto del presente año, conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERA: Franco y Alejandro Fermi CEDEN a SOFIA FERMI, la cantidad de doscientos dos cuotas sociales, (202 ) cada uno. SEGUNDA: La presente cesión se realiza a título gratuito. TERCERA: A los efectos de dar cumplimiento a la cláusula séptima del contrato social, siendo los cedentes los únicos socios dan por otorgada la conformidad a la presente transferencia. CUARTA: La Cesionaria, por su parte, acepta las cuatrocientos cuatro (404) cuotas societarias cedidas a su favor y en los términos referidos, manifestando que tiene pleno conocimiento del estado financiero de la empresa.- II.- MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL: En consecuencia de la cesión que antecede las partes acuerdan la modificación del contrato social de la firma Sapucay S.R.L. en su cláusula quinta: Capital Social, la cual queda modificada por la siguiente: CLAUSULA QUINTA: CAPITAL SOCIAL: El Capital social es de PESOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA ( $12.140.-) dividido en un mil doscientas catorce cuotas de pesos diez ($10.-) valor nominal cada una y les corresponde a los socios en la siguiente forma: a Alejandro Fermi: la cantidad de cuatrocientos cinco (405) cuotas sociales de pesos diez cada uno por un total de pesos cuatro mil cinco ($4.005.-), a Franco Fermi la cantidad de cuatrocientos cinco (405) cuotas sociales de pesos diez cada uno por un total de pesos cuatro mil cinco ($4.005.-), y a Sofía Fermi la cantidad de cuatrocientas cuatro (404) cuotas sociales de pesos diez cada uno por un total de pesos cuatro mil cuatro ($4.004.-).- IV.- CONSTANCIAS NOTARIALES: Del certificado expedido por el Registro Inmobiliario bajo el Nº11616 de fecha 9 de agosto del presente año, resulta que los cedentes no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes.- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes por ante mí, Escribana Autorizada, doy fe.- Hay tres firmas insertas por los comparecientes. Ante mí. Esta mi firma y sello Notarial. CONCUERDA fielmente con su Escritura Matriz que pasó ante mí al folio 295 del Protocolo “A” del Registro Nº44 a mi cargo, doy fe. Para la interesada expido este PRIMER TESTIMONIO en una hoja de Actuación Notarial la que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

ESC. PUB. NORMA R. CHAVES DE LEDESMA, Titular del Reg. Nº 44, S.S. de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de octubre de 2005.-

NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA

ESCRIBANO

JUZ. DE COMERCIO DE LA PCIA. DE JUJUY

11 NOV. LIQ. Nº 49720 $ 50.70