BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 07/11/2005

El Dr. Miguel Ángel Puch. Vocal presidente de trámite de la VOCALIA Nro.1 del TRIBUNAL DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY- SECRETARIA A CARGO DE LA DRA. MARIA CRISTINA MASTRANDREA, sitio en calle GRAL. PAZ 625-ciudad, en el EXPTE. B-138.895/05: DIVORCIO VINCULAR: DIAZ ROQUE MARCELO C/ ROMERO NILDA, hace saber a la Sra. NILDA ROMERO D.N.I. Nro. 10.999.647 que en el EXPTE. de referencia se ha dispuesto a fojas 12, 32 y 37 de autos lo siguiente: (Fojas 12): “SAN S. DE JUJUY, 1 de Junio de 2.005.- Por presentada la DRA. EUGENIA ADRIANA SERRANO en nombre y representación del SR. ROQUE MARCELO DIAZ a mérito de la firma inserta al pie de la demanda y por constituido domicilio legal.- Admítase la presente demanda de DIVORCIO VINCULAR la que se tramitará de conformidad al procedimiento del juicio ordinario (art. 370 y ss. del CODIGO PROCESAL CIVIL).- Previo…..Notifíquese por cédula. FDO. DR. MIGUEL ANGEL PUCH -Juez- ante mi: DRA. SILVIA FIESTA- secretaria.- Y confiérase el TRASLADO de la demanda incoada por DIVORCIO VINCULAR fundada en la causal del ART. 214 Inciso 2 del CODIGO CIVIL a la demandada NILDA ROMERO D.N.I. Nro. 10.999.647 con las copias respectivas por el término de QUINCE DÍAS.- Bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciera en los términos del ART. 298 del CODIGO PROCESAL CIVIL.- E intímesela asimismo para que en igual término constituya domicilio legal dentro del radio de los 3 km. del asiento de este TRIBUNAL DE FAMILIA – VOCALIA Nro. 1 sitio en calle Gral. Paz 625-ciudad.-Bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ley las sucesivas resoluciones.- Asimismo se le hace saber que las copias para traslado correspondientes se encuentran en Stria. a su disposición, y que el término para contestar la demanda incoada deberá contarse a partir del quinto día posterior a la ultima publicación de edictos (ART. 162 DEL C.P.C.-). –

Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL y UN DIARIO LOCAL por el término de TRES VECES EN CINCO DÍAS. – SAN SALVADOR DE JUJUY, octubre de 25 de 2005.-

04/07/09 NOV. LIQ. Nº 49648 $ 11.70