BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 07/11/2005
DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ – JUEZ, de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-106436/03, caratulado: “ EJECUTIVO: SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDOS S.A.. C/ GONZALEZ MARIA CELIA”, se le hace saber a la Sra. GONZALEZ MARIA CELIA, la siguiente resolución que a continuación se transcribe en todas sus partes: SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de AGOSTO del 2005. AUTOS Y VISTOS: RESULTA: CONSIDERANDO: RESUELVE: I) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la razón social SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITOS DIRIGIDOS, en contra de la SRA, MARIA CELIA GONZALEZ, hasta hacerse el acreedor del integro pago de capital reclamado, o se la suma de PESOS: SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($756.00) con las costas del juicio y el interés de la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales ( art. 565 de Civil) desde la mora y hasta el efectivo pago. II) Imponer las costas a la vencida ( art. 102 del C.P.C.) III) Regulándose los honorarios profesionales de DR JORGE LEONARDO ACKERMAN, en la suna de PESOS: CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450.00), por la labor profesional desarrollada en autos. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengaran un interés conforme a la tasa pasiva promedio, aplicando la formula sugerida por el comunicado Nº 14.290 del Banco Central de la Republica Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº F-977/978 Nº 429, con mas IVA si correspondiere, IV) Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs, 12, mandándose notificar la presente resolución a la demandada SRA. MARIA CELIA GONZALEZ mediante publicación de Edictos y en el Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. V) Agréguese copia en autos, hacer saber protocolizar, etc. FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, JUEZ ANTE MI MARIA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA.
Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DE AGOSTO DE 2005.
31 OCT. 04/07 NOV. LIQ. Nº 49591 $ 11.70








