BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 31/10/2005
N° 454.- ESCRITURA PUBLICA NUMERO CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO.- CESION DE CUOTA PARTE SOCIETARIA EN “INGENIERIA DE INDUSTRIAS S.R.L.” OTORGADA POR DOÑA NATALIA DEL MILAGRO GUTIERREZ OLIVERA Y OTRO A FAVOR DE DOÑA PATRICIA BEATRIZ LUCERO.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a primero de setiembre del año dos mil cuatro, ante mí, Pablo Alfredo Benítez, Escribano Público autorizante, Adscripto al Registro número dos, comparecen, por una parte, Doña NATALIA DEL MILAGRO GUTIERREZ OLIVERA, argentina, D.N.I. Nº 3l.454.764,soltera,emancipada por habilitación de edad, según escritura pública número 435 del veintisiete de agosto del año en curso, autorizada por mí,e inscripta en la Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas bajo Acta número ll34 ,folio 4 vuelto, tomo 08 de Emancipaciones, doy fe, comerciante; y Don MARTIN MIGUEL GUTIERREZ OLIVERA, argentino, D.N.I. Nº 32.352.973, soltero, emancipado por habilitación de edad, según escritura pública número 436 del veintisiete de agosto del año en curso, autorizada por mí e inscripta en la Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas bajo Acta número l.l33,folio 3 vuelto, tomo 8 de Emancipacionesa, doy fe, domiciliados en calle Libertad número mil cuarenta y uno, de Barrio Ciudad de Nieva, de esta Capital; y por la otra, Doña PATRICIA BEATRIZ LUCERO, argentina, D.N.I.Nº14.99l.497, casada en primeras nupcias con Rubén Serapio Gutiérrez, comerciante, domiciliada legalmente en la calle Leopoldo Bárcena número ochenta y siete (Es-te), de Barrio Santa Rita, de esta Capital; todos son mayores de edad, hábiles, de mi conocimiento, doy fe, y los dos primeramente nombrados, dicen: Que, ceden y transfieren a favor de Doña Patricia Beatriz Lucero, la totalidad de la cuota parte societaria,equivalente al veinticinco por ciento del capital social, que tienen y les corresponde sobre la razón social “INGENIERIA DE INDUSTRIAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, constituída según contrato celebrado privadamente el día primero de setiembre de mil novecientos noventa y cuatro, que fuera inscripto en el Registro Público de Comercio, al Folio doscientos sesenta y ocho, Acta número doscientos sesenta y cinco, del Libro I de Sociedades de Responsabilidad Limitada de la Matrícula de Comerciantes, y bajo Asiento número veinticuatro, al Folio ciento trece barra ciento quince, del Legajo II, Libro III, del Registro de Escrituras Mercantiles; y la Incorporación de Socios celebrada con fecha veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, según escritura pública número cuatrocientos noventa y dos, autorizada por el Escribano titular, Alfredo Luis Benítez (hijo), e inscripta en el Registro Público de Comercio, bajo Asiento número dieciséis, al Folio sesenta y dos barra sesenta y cuatro, del Legajo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L..- Por lo tanto, realizan esta cesión a favor de Doña Patricia Beatriz Lucero, con arreglo a derecho, por el precio de VEINTE MIL PESOS, que han recibido de manos de la cesionaria, con anterioridad, y a entera satisfacción, por lo que, le otorgan formal carta de pago, quedando en consecuencia los cedentes totalmente desvinculados de la sociedad, declarando que no tienen reclamo alguno que formular a la misma, que renuncian a todos sus derechos y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores, y que tampoco tienen reclamo alguno que formular a la cesionaria, Doña Patricia Beatriz Lucero.- Doña Patricia Beatriz Lucero acepta la cesión en las condiciones referidas.- Previa lectura y ratificación, los otorgantes firman esta escritura, en la forma de estilo y por ante mí, lo certifico.- Sigue a la de igual clase.- MARTIN GUTIERREZ.- P.L. DE GUTIERREZ.- Hay una firma ilegible.- Está mi sello: P. BENITEZ.- CONCUERDA con su matriz que pasó ante mí, al folio novecientos cuarenta y cinco, en el protocolo del corriente año, a mi cargo, Sección A., doy fe.- Para la CESIONARIA expido esta primera copia en dos hojas repuestas con el sellado de ley, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-
ESC. PUB. PABLO ALFREDO BENITEZ, ADS. 2 , San Salvador de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de octubre de 2005.-
DR. RAMON ANTONIO SOSA
Jefe de Mesa de Entrada
Por Habilitación al Juzgado de Comercio
31 Oct. Liq. 49617 $ 50,70








