BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 26/09/2005
El Juzgado Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, de la Provincia de Jujuy, comunica que el Expte. B-91322/02: “EJECUTIVO: MAS VENTAS S.A. CIA. FINANCIERA c/ BARRIONUEVO, DELIA MARIA”, notifica por este medio al demandado SRA. DELIA MARIA BARRIONUEVO el siguiente DECRETO: SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de octubre de 2.003.- Atento a lo solicitado a fs. 15 de autos, y a la Demanda ejecutiva deducida por el cobro de PESOS y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y c.c. del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sra. DELIA MARIA BARRIONUEVO, en el domicilio denunciado, mandamiento de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO por la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE C/ 34/100 ($ 847,34), en concepto de capital reclamado, con mas la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA C/0/100 ($ 450), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio, en defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítesela de REMATE para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele las futuras resoluciones, por Ministerio de Ley (Art. 52 y 154 C.P.C.), haciéndole saber que los días de notificaciones en Secretaría, son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado, facúltese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese y Ofíciese.- Fdo. Dr. ROBERTO SIUFI –Juez – ante mi: Dra. NORMA A. JIMENEZ. Secretaria.-
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 06 de abril de 2.005.-
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