BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 14/09/2005
DRA BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 SECRETARIA Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-104964/03 caratulado: PREPARA VIA EJECUTIVA :PROVENCRED II SUCURSAL ARGENTINA C/ GOMEZ, HILARIA RAMONA, se le hace saber a la Señora GOMEZ, HILARIA RAMONA que se ha dictado siguiente DECRETO que a continuación se transcribe en todas sus partes:///”SAN SALVADOR DE JUJUY,3 de junio de 2004.-Proveyendo el escrito de fs. 30 y a las constancias de fs 29 téngase por expedita la vía ejecutiva. De conformidad a lo dispuesto por el art. 472, 478 y 480 del CPC, requiérase de PAGO; EJECUCION Y EMBARGO a la demandada SRA HILARIA RAMONA GOMEZ en el domicilio denunciado por la suma de PESOS: QUINIENTOS VEINTIDOS CON SETENTA Y CINCO CVOS. ($522.75) en concepto de capital con más la suma de PESOS: DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON TREINTA Y SIETE CVOS ($261.37) presupuestada para responder a accesorias legales, y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de o los acreedores prendario o Juez embargante.- En el mismo acto, cítese de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas, dentro del plazo de CINCO DIAS bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrase TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. .-Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo por Ministerio de ley. (Art. 52 CPC)- Notificaciones en Secretaria: martes y Jueves o el sig. Hábil si alguno de ellos fuere feriado-Notifíquese art. 154 del CPC. -Fdo. DRA BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ. JUEZ ANTE MI DRA MARTA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA -PRO SECRETARIA
Se deja constancia que las copias para TRASLADO de la demanda, se encuentran en secretaria a su disposición.-
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en el TERMINO DE CINCO DIAS.
Prosecretaria: MARTA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA
SAN SALVADOR DE JUJUY 01 DE DICIEMBRE DEL 2004.-
14/16/19 SEPT. LIQ. Nº 49170 $ 11.70








