BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 02/09/2005
CENTRO JUDICIAL SAN PEDRO DE JUJUY
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL – SALA IV –
VOCALIA: Dr. HUGO ALFREDO BELTRAMO, en el Expte. Nº A-01680/98 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: DOLORES ARAMAYO DE CASTILLO c/ RUBEN GONZALEZ TEJERINA” procede a notificar la Resolución que a continuación se transcribe: ”///En la ciudad de San Pedro de Jujuy, a los cinco días del mes de Abril del año 2005…- RESUELVE: I)Hacer lugar a la demanda ordinaria por daños y perjuicios que DOLORES ARAMAYO de CASTILLO promoviera en contra de RUBEN GONZALEZ TEJERINA y como consecuencia de ello condenar a éste último a abonar a la actora en el plazo de DIEZ días, la suma de pesos CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES ($4.733.-) en concepto de capital, para responder por los daños que se reclaman.-La suma indicada devengará intereses desde el momento del hecho- 9 de marzo de 1998- hasta su efectivo pago, calculados a la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A. para uso de la Justicia.-II)Imponer las costas a la demandada.-III)Regular los honorarios profesionales del Dr. FABIAN A. CAMAÑO por su actuación en la causa principal en la suma de $ 2.300.- con más el IVA si así correspondiere. Regular los honorarios profesionales del Dr. FABIAN A. CAMAÑO por su actuación en el Expte. Nº A-01107/98 caratulado: “PROCESO CAUTELAR POR ASEGURAMIENTO DE BIENES: DOLORES ARAMAYO de CASTILLO c/ RUBEN GONZALEZ TEJERINA”en la suma de $ 766.- con más el I.V.A. si así correspondiere.-IV)Notifíquese a las partes y a C.A.P.S.A.P., dése cumplimiento con la Resolución Nº 443/89 de la D.G.R. de la Pcia.,, regístrese, notifíquese, etc.-Fdo. Dr. ALBERTO RAUL ALFARO – MIGUEL ANGEL MASACESSI – Vocales respectivamente – Ante mi : Dr. JUAN CARLOS CORREA –Secretario – ES COPIA- Facúltase al diligenciamiento del presente al Dr. Fabián A. Camaño y/o la persona que el mismo indique.- Publíquese por tres (3) veces en cinco días (5) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.-
San Pedro de Jujuy, 13 de Mayo de 2005.-
29/31 AGOSTO 02 SEPTIEMBRE LIQ. Nº 49082 $ 11.70








