BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 31/08/2005

N°333.- ESCRITURA NÚMERO TRESCIENTOS TREINTA Y TRES. CESIÓN GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES: PEDRO MARIO CAMPOS Y ADRIANA SARAVIA DAY A FAVOR DE PEDRO MARIO CAMPOS (h) Y ELEONOR BELLMANN.-

En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los trece días del mes de julio del año dos mil cinco, ante mi MARIANA ANTORAZ, Escribana Pública, Adscripta al Registro Notarial número sesenta y ocho, COMPARECEN: los cónyuges en primeras nupcias PEDRO MARIO CAMPOS, Libreta de Enrolamiento número 7.809.416, C.U.I.L. Nº20-07809416-9, ADRIANA SARAVIA DAY, Documento Nacional de Identidad número 10.005.543, C.U.I.L Nº27-10005543-6, y por la otra parte los cónyuges en primeras nupcias PEDRO MARIO CAMPOS (h), Documento Nacional de Identidad número 23.316.143, C.U.I.L. Nº20-23316143-9, y ELEONOR BELLMANN, Documento Nacional de Identidad número 23.946.068, C.U.I.T. Nº27-23946068-8. Todos los comparecientes son argentinos y tienen domicilio en calle Espinoza número 608, del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad. Todas personas mayores de edad y de mi conocimiento doy fe. Y los cónyuges Pedro Mario Campos y Adriana Saravia Day, DICEN: PRIMERO: Que son los únicos socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada CASA S.R.L.”, C.U.I.T. N°30-70858854-3, con domicilio social en calle Espinoza número 608 del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, la cual se encuentra constituida mediante Instrumento Privado suscripto en fecha primero de marzo del año 2001, el cual se encuentra debidamente Inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia al Folio 316, Acta número 304, del Libro II, de S.R.L. y Registrado con Copia, bajo Asiento número 62, al folio 495/503 del Legajo VIII, Tomo II, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., ambas en fecha cuatro de diciembre del año 2003; SEGUNDO: que conforme lo dejaron asentado en el acta de Reunión de Socios número 5 de fecha 11/07/05 pasada al folio 05, del libro de Actas N°1 debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia; vienen por este acto a CEDER A TÍTULO GRATUITO y en partes iguales, a favor de PEDRO MARIO CAMPOS (h), y ELEONOR BELLMAN, el TOTAL de las cuotas sociales que les CORRESPONDEN, por haberlas suscripto e integrado en el contrato constitutivo, y con posterioridad siendo un total de DOS MIL CUOTAS SOCIALES la cesión se realiza en la siguiente proporción, al cesionario PEDRO MARIO CAMPOS (h) la cantidad de UN MIL NOVECIENTAS (1.900) CUOTAS SOCIALES, y a la señora ELEONOR BELLMANN la cantidad de CIEN (100) CUOTAS SOCIALES, quedando los cesionarios por lo tanto, SUBROGADOS en las referidas cuotas sociales y ocupando el mismo lugar, grado y prelación que a los cedentes les correspondía. La TRADICIÓN efectiva de las cuotas sociales a los cesionarios tiene lugar en este acto, sirviendo la presente de titulo suficiente para la tenencia por derecho propio de los cesionarios de las cuotas sociales. ACEPTACIÓN: Por su parte los cónyuges Pedro Mario Campos (h), y Eleonor Bellman, aceptan la cesión de cuotas sociales realizadas a su favor, en los términos que anteceden. CERTIFICADO: Del certificado expedido por el Registro Inmobiliario de la Provincia bajo el número 9301 de fecha veintisiete de junio del corriente año, resulta que ambos cedentes, no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes. NOTIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN: Los cesionarios por su parte liberan a la escribana autorizante de notificar la presente cesión en la firma Casa S.R.L., pero si requieren a la misma, gestione la correspondiente inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia. AGREGACIÓN: Obra agregado al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la escritura número 332 autorizada por ante mi en el día de la fecha: Original del certificado B de no inhibición, y Constancia de C.U.I.L. de los otorgantes del acto, y agrego al legajo de este Protocolo como parte integrante de la presente escritura: Fotocopia del contrato constitutivo de la firma CASA S.R.L. debidamente inscripto y 4) Fotocopia debidamente certificada del Acta por la cual se autoriza la presente cesión. Previa lectura y conformidad firman los comparecientes, todo por ante mi, doy fe.- Hay cuatro firmas insertas por ADRIANA SARAVIA DAY, PEDRO MARIO CAMPOS, PEDRO MARIO CAMPOS (H) y ELEONOR BELLMANN. Está mi firma y sello notarial. – CONCUERDA fielmente con su escritura matriz, que pasó por ante mi a los folios 919 y 920 del Protocolo “A” de la Adscripción al Registro Notarial número sesenta y ocho a mi cargo, doy fe. Para los CESIONARIOS expido este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial número 00423540 y 00423541, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.

ACT. NOT. Nº 00423541

ESC. PUB. MARIANA ANTORAZ, ADS-68 – SAN SALVADOR DE JUJUY.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE AGOSTO DE 2005.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa General de Entrada

Por Habilitación al Jug. De Comercio

31 AGOSTO LIQ. Nº 49112 $ 50.70