BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 31/08/2005

N°332.- ESCRITURA NÚMERO TRESCIENTOS TREINTA Y DOS. CESIÓN GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES: PEDRO MARIO CAMPOS Y ADRIANA SARAVIA DAY A FAVOR DE SUS HIJOS PEDRO MARIO CAMPOS (h) Y OTROS.-

En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los trece días del mes de julio del año dos mil cinco, ante mi MARIANA ANTORAZ, Escribana Pública, Adscripta al Registro Notarial número sesenta y ocho, COMPARECEN: los cónyuges en primeras nupcias PEDRO MARIO CAMPOS, Libreta de Enrolamiento número 7.809.416, C.U.I.L. Nº20-07809416-9, ADRIANA SARAVIA DAY, Documento Nacional de Identidad número 10.005.543, C.U.I.L Nº27-10005543-6, y por la otra parte PEDRO MARIO CAMPOS (h), Documento Nacional de Identidad número 23.316.143, C.U.I.L. Nº20-23316143-9, casado en primeras nupcias con Eleonor Bellmann, MARIA ANTONIA CAMPOS, Documento Nacional de Identidad número 24.697.384, C.U.I.L. Nº27-24697384-4, soltera, PABLO CAMPOS, Documento Nacional de Identidad número 26.701.830, C.U.I.L. Nº20-26701830-9, casado en primeras nupcias con María Macarena Mulqui, y ADRIANA CAMPOS, Documento Nacional de Identidad número 28.646.502, C.U.I.L. Nº27-28646502-7, soltera. Todos los comparecientes son argentinos y tienen domicilio en calle Espinosa número 608, del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad. Todas personas mayores de edad y de mi conocimiento doy fe. Y los cónyuges Pedro Mario Campos y Adriana Saravia Day, DICEN: PRIMERO: Que son los únicos socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada INGENIERO PEDRO MARIO CAMPOS S.R.L.”, C.U.I.T. Nº30-57231121-6, con domicilio social en calle Espinosa número 622 del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, la cual se encuentra constituida mediante Escritura Pública número 83 de fecha 19 de septiembre del año 1985, autorizada por ante la Escribana María Cristina González Llamazares, Titular del Registro Notarial número siete de esta ciudad, cuyo Primer Testimonio se encuentra debidamente Inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia al Folio 24, Acta número 23, del Libro I, Tomo I de la Matrícula de S.R.L. y Registrado con Copia, bajo Asiento número 23 al folio 209 al 231 de S.R.L. del Legajo I, Tomo I, del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas en fecha 27 de octubre del año 1986; SEGUNDO: Que vienen por este acto a CEDER A TÍTULO GRATUITO y en partes iguales, a favor de sus cuatro hijos PEDRO MARIO CAMPOS (h), MARIA ANTONIA CAMPOS, PABLO CAMPOS y ADRIANA CAMPOS, el TOTAL de las cuotas sociales que les CORRESPONDEN, por haberlas suscripto e integrado en el contrato constitutivo, siendo un total de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTAS VEINTE CUOTAS SOCIALES, correspondiéndoles en consecuencia, a cada uno de los cesionarios la cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCO (6.105) CUOTAS SOCIALES, quedando los cesionarios por lo tanto, SUBROGADOS en las referidas cuotas sociales y ocupando el mismo lugar, grado y prelación que a los cedentes les correspondía. La TRADICIÓN efectiva de las cuotas sociales a los cesionarios tiene lugar en este acto, sirviendo la presente de titulo suficiente para la tenencia por derecho propio de los cesionarios de las cuotas sociales. ACEPTACIÓN: Por su parte los señores Pedro Mario Campos (h), María Antonia Campos, Pablo Campos y Adriana Campos, aceptan la cesión de cuotas sociales realizadas a su favor, en los términos que anteceden. CERTIFICADO: Del certificado expedido por el Registro Inmobiliario de la Provincia bajo el número 9301 de fecha veintisiete de junio del corriente año, resulta que ambos cedentes, no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes. NOTIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN: Los cesionarios por su parte liberan a la escribana autorizante de notificar la presente cesión en la firma Ingeniero Pedro Mario Campos S.R.L., pero si requieren a la misma, gestione la correspondiente inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia. AGREGACIÓN: Se agrega al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la presente escritura: 1) Original del certificado B de no inhibición, 2) Constancia de C.U.I.L. de los otorgantes del acto, y 3) Fotocopia del contrato constitutivo de la firma Ingeniero Pedro Mario Campos S.R.L. debidamente inscripto. Previa lectura y conformidad firman los comparecientes, todo por ante mi, doy fe.- Hay cinco firmas ilegibles cada una con su correspondiente aclaración de puño y letra que dicen: ADRIANA SARAVIA DAY, MARIA A. CAMPOS, PEDRO CAMPOS, PABLO CAMPOS, y ADRIANA CAMPOS, junto con una firma ilegible inserta por el Ingeniero PEDRO MARIO CAMPOS. Está mi firma y sello notarial. –

CONCUERDA fielmente con su escritura matriz, que pasó por ante mi a los folios 917 y 918 del Protocolo “A” de la Adscripción al Registro Notarial número sesenta y ocho a mi cargo, doy fe. Para los CESIONARIOS expido este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial número 00423538 y 00423539, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.

ACT. NOT. Nº A 00423539

ESC. PUB. MARIANA ANTORAZ, Adscripto al Registro Notarial Nº 68, San Salvador de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 26 de Agosto de 2005.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa General de Entrada

Por Habilitación del Juzgado de Comercio

31 AGOSTO LIQ. Nº 49114 $ 50.70