BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 12/08/2005

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N 6, SECRETARIA N 12, de la Provincia de Jujuy en el Expte. N B-104957/03 caratulado “EJECUTIVO DISTRIBUIDORA VIDT S.R.L. C/ CULASSO RAUL ALCIDES SIMON, que en autos se ha dictado la siguiente RESOLUCION SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 DE OCTUBRE DEL 2004.- AUTOS Y VISTO:…- CONSIDERANDO …..- RESUELVE: I).- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por DISTRIBUIDORA VIDT S.R.L., en contra de CULASSO, RAUL ALCIDES SIMON, hasta hacerse el acreedor del integro pago de la suma, $ 2.650, con mas las costas del juicio y el interés que de la tasa activa que el Banco de la Nación argentina percibe en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago, con mas IVA, si correspondiere.- II).- Convertir en definitivo el embargo preventivo oportunamente trabado en autos sobre el inmueble de propiedad del demandado, individualizado como MATRICULA A-23534-13913, PADRON A-13913, CIRC.1, SECC. 11, MANZ. 149, PARC.2, a tales fines líbrese el oficio correspondiente, facultando al Dr. DANIEL ROBERTO GUALCHI y/o a la persona que el mismo designe, para correr con el diligenciamiento del mismo.-III).- Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 102 del C.P.C.).- IV).- Regular los honorarios profesionales del Dr. DANIEL ROBERTO GUALCHI en su carácter de apoderado, fijados a la fecha por la labor desarrollada en autos y la que solo en caso de mora devengara intereses conforme a la tasa pasiva promedio que fija mensualmente el Banco Central de la República Argentina, la que será calculada de acuerdo con la formula que establece el comunicado 14.290 del BCRA, hasta su efectivo pago, con mas IVA si correspondiere.- V).- Notificar por cédula y en lo sucesivo por ministerio de Ley (art. 154 del C.P.C.) VI).- protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS- JUEZ- POR ANTE MI DRA. LIZ M. VALDECANTOS- SECRETARIA.-

Públiquese en un diario de circulación local, tres veces durante cinco días.-

San Salvador de Jujuy, 2 de febrero del 2005.-

12/17/19 AGOSTO LIQ. Nº 43966 $ 11.70