BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 04/07/2005

TRIBUNAL DE FAMILIA- VOCALIA III, DE LA PCIA. DE JUJUY, en el Expte. Nº B- 15404/97 DIVORCIO: ORLANDO SUAREZ C/ JULIA ELVIRA VERGARA”.- Cita y emplaza y hace saber a la SRA. JULIA ELVIRA VERGARA, el siguiente decreto: “SAN SALVADOR DE JUJUY , DE 2005.- Admítase la presente demanda de DIVORCIO VINCULAR la que se tramitara de conformidad al procedimiento de Juicio Oridinario (art. 370 del C.P.C.).- Confiérase traslado de la demanda a la SRA. JULIA ELVIRA VERGARA por el termino de QUINCE DÍAS, haciéndole saber que las copias respectivas se encuentran esta Vocalía a su disposición, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si asi no lo hiciere ( art. 298 del C.P.C.).- Intímesela para que en igual termino constituya domicilio legal dentro del radio de tres km. del asiento de este TRIBUNAL DE Familia – Vocalía – Vocalía III, sito en General Paz Nº 625, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.).- Atento a las constancia de autos, notifique a la demanda mediante la publicación de edictos.- fdo: DR. JORGE EDUARDO MEYER- JUEZ.- ANTE MI DRA. SANDRA RAMIREZ, secretaria”.-

Públiquese edictos en un diario local en un diario local y en el Boletín Oficial por por tres veces en cinco días.-

01/04/06 JULIO LIQ. Nº 43778 $ 11.70