BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 04/07/2005
EL JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N°6 SECRETARIA N° 12, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-98400/03, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ ROGER DANIEL ESPOSITO, BIERIG ALCIDES MARCELO”, hace saber a los demandados Sres. ROGER DANIEL ESPOSITO Y BIERIG ALCIDES MARCELO que en autos se ha dictado la siguiente sentencia: “San Salvador de Jujuy, 27 de Mayo de 2005.-AUTOS Y VISTOS: …- CONSIDERANDO:…- RESUELVE: 1°) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el BANCO MACRO S.A., en contra de los demandados Sr. ROGER DANIEL ESPOSITO y Sr. BIERIG ALCIDES MARCELO hasta hacerse el acreedor del integro pago de la suma de $1.622,75, con mas las costas del juicio y el interés de la Tasa Activa que el Banco de la Nación Argentina cobra en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales desde la mora y hasta el efectivo pago, con más IVA. si correspondiere.- 2°) Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 102 del C.P.C.). 3°) Trabar EMBARGO PREVENTIVO sobre el automóvil de propiedad del demandado Sr. ROGER DANIEL ESPOSITO DNI N° 20.455.119 individualizado como DOMINIO RNX-310, debiéndose librar oficio al Registro Nacional de la propiedad del Automotor N°1 y facultándose para el diligenciamiento del mismo a las Dras. Alicia M. Ficoseco y/o María Fernanda Meyer y/o persona que las mismas designen con las formalidades de ley.4°) Regular los honorarios profesionales del Dr. Sergio Jenefes, como Patrocinado, en la suma de $150 y los del Dr. Guillermo Jenefes como Patrocinante en la suma de $300, por la labor desarrollada en autos los que solo en caso de mora devengará interés conforme a la Tasa Pasiva promedio que fija diariamente el Banco Central de la República Argentina, la que será calculada de acuerdo con la fórmula que establece el comunicado 14.290 del B.C.R.A. hasta su efectivo pago, con mas IVA si correspondiere. 5°) Notificar por cédula, por medio de edictos a los demandados, y en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art.154 del Código Procesal Civil).- 6°) Protocolizar, agregar copia en autos, y hacer saber.- FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS– JUEZ – ANTE MI : DRA. LIZ MARIA VALDECANTOS – SECRETARIA.-“
Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local, tres veces durante cinco días.-
SAN SALVADOR DE JUJUY.27 de Mayo de 2.005.-
29 JUNIO 1 / 4 de Julio LIQ. Nº 43759 $ 11.70








