BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 27/06/2005

CENTRO JUDICIAL SAN PEDRO DE JUJUY

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL – SALA IV

VOCALÍA: Dr. HUGO ALFREDO BELTRAMO, en el Expte. Nº A-21.037/03 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: LUIS ALBERTO DÍAZ C/ JORGE HECTOR ESPAÑA, LUIS ANTONIO AGUILERA Y FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.”, procede a notificar el decreto que a continuación se transcribe: “ SAN PEDRO DE JUJUY, 10 de Junio de 2.004.- I.- Téngase por presente la Ampliación de Demanda formulada por la actora, de las mismas y de las que corren agregadas a fs. 02/08 de autos, córrasele traslado a los demandados JORGE HECTOR ESPAÑA Y LUIS ANTONIO AGUILERA en los domicilios denunciados, para que la contesten en el plazo de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, con más CUATRO DÍAS HÁBILES en razón de la distancia, bajo apercibimiento de tenerlos por contestada si no lo hicieren (art. 298 Cód. Proc. Civil).- II.- Intímase a los accionados a que en el plazo antes señalado constituyan domicilio legal dentro del radio de 3 km. del asiento de esta Sala IV, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones – cualesquiera fuera su naturaleza – por Ministerio de Ley (art. 52 Cód. Proc. Civil).- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- III.- Conforme lo peticionado por la actora, y atento a lo dispuesto por el art. 79 del Código Procesal Civil y el art. 118 de la Ley de Seguros N° 17.418, cítase como tercero en garantía de la controversia a la FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A. Y FATA SEGUROS S.A. en los domicilios denunciados y emplázaselos a fin de que en el término de QUINCE DÍAS con más VEINTE DÍAS respectivamente, de ampliación legal en razón de la distancia, comparezcan para estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a intervenir en el proceso, si así no lo hicieren,. Asimismo intímiselos para que en el plazo antes señalado constituyan domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros (3 kms.) del asiento de esta Sala IV bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones – cualesquiera fuera su naturaleza – por Ministerio de Ley (art. 52 Cód. Proc. Civil).- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- IV.- Notifíquese por Carta Documento, facultándose al Dr. Daniel Alejandro Díaz y/o persona que el mismo indique para correr con su diligenciamiento . Asimismo deberá confeccionar la medida para su posterior presentación en Secretaría a los fines de su control y firma.- V.- Notifíquese.- Fdo. Dr. HUGO ALFREDO BELTRAMO – Vocal Presidente de Trámite – Ante Mí Dr. JUAN CARLOS CORREA- Secretario- ” ES COPIA.

Publíquese por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.-

San Pedro de Jujuy, 17de Junio 2.005.-

24/27/29 JUNIO LIQ. Nº 43719 $ 11.70