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DRA. OLGA DEL VALLE VILLAFAÑE DE GRIOT- Juez de primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 Secretaría N° 3, en el Expte. N° B 94137 / 02. –caratulado : “ EJECUTIVO – PREPARA VIA : CREDIMAS S.A. C/ MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ” le hace saber que se ha dictado el siguiente PROVEIDO: S.S. DE JUJUY , 21 de FEBRERO del 2003.- Advirtiendo la suscripta que la intimación de pago ordenada respecto del demandado MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, se efectuó por un monto menor al reclamado por la actora en su escrito de demanda, revocase lo proveído a fs. 8 párrafo 2 y actos subsecuentes ( mandamiento del 26/11/02, diligenciado el 05/02/03, agregado a fs.11/12 ) .- Líbrese en contra del demandado, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA y CUATRO( $ 534,00 ) en concepto de capital reclamado ,con más PESOS QUINIENTOS DIEZ ( $ 510,00 .- ) ,presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio .- . . . .- Cítese al demandado de remate para que en el término de CINCO ( 5 ) DIAS de notificado concurra por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 Secretaria N° 3 A oponer excepciones legítimas si las tuviere ,bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución ; e intímaselo por igual plazo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento del este Juzgado , bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten ( Art. 52 del C.P.C. ) .- …- Notifíquese ( Art.155 del C.P.C.) .- Fdo. Dra. OLGA DEL VALLE VILLAFAÑE -JUEZ- Ante mi : Dra. NORA C. AIZAMA- Secretaria .-
Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES VECES en CINCO DIAS .- SAN SALVADOR DE JUJUY , 11 de Febrero del 2.005.
13/17/17 JUNIO LIQ. Nº 43635 $ 11.70







