BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 06/06/2005
EL C.P.N. GUILLERMO HORACIO SAPAG, DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY. En la Actuación Nº 1567-DF-2001, caratulado: “SANCHEZ JOSE, Registro B-2- 01618, CUIT 20-08193344-9 VERIFICACIÓN RAPIDA IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS, INMOBILIARIO Y SELLOS. Periodos Fiscales Enero de 1997 a Octubre de 2002”- Dom. Av. San Martin Nº 494 de la Ciudad de Perico, Provincia de Jujuy. Notifica al Contribuyente SANCHEZ JOSE, la Nota Nº 2175/2004 Corrida Vista expresa: “S.S. de Jujuy, 05 de Mayo de 2004. Ref.: Corrida Vista- Actuación Nº 1567-DF-2001, verificación rápida del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y sellos. A los efectos d su control, se agregan a la presente planilla de calculo de la que surgen que Ud. adeuda a esta Dirección en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON 28/100 ($ 66.418,28), por los periodos fiscales Enero de 1997 a Diciembre de 2002, monto que no incluye accesorios, los que serán computados desde la mora hasta la fecha de efectivo pago, constituyendo el objeto de la pretensión fiscal”.
Fdo.: C.P.N. Guillermo Horacio Sapag, Director Provincial de Rentas.-
MAYO 30. JUNIO 1/3/6/8. S/C.
El Dr. ROBERTO SIUFI, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el Expte. Nº B- 126718/04.- caratulado: “EJECUTIVO: FRANCISCO ZAMAR Y CIA. C/ GONZALEZ, MARTIN P. y CABRERA, ROSA OLGA”, procede a NOTIFICAR a los demandados SRES. MARTIN PERFECTO GONZALEZ D.N.I. Nº 8.195.968 y ROSAL OLGA CABRERA la siguiente resolución: SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de mayo del 2005.- AUTOS Y VISTOS… RESUELVE: I. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la firma FRANCISCO ZAMAR Y CIA. en contra del Sr. MARTIN PERFECTO GONZALEZ y ROSA OLGA CABRERA, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA ($890,00) con más las costas del Juicio y el interés promedio de la Tasa Activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 565 del C. Civil) desde la mora y hasta el efectivo pago.- II. Regular los honorarios profesionales del Dr. GERARDO DANIEL BARCONTE RAMOS en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450,00.-) en conformidad con la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia (L.A. Nº 39, Fº 427/431, Nº 169, 16/05/96) cantidad que será liquidada de igual manera que la consignada para el capital y en caso de mora devengará el interés promedio de la tasa pasiva que para el uso de la justicia publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina (L.A. Nº 45, Fº 977/978, Nº 429, 29/10/02 y L.A. Nº 45, Fº 1185/1188, Nº 519, 12/12/02), adicionándosele el I.V.A. si correspondiere, a partir de firme y consentida la presente.- III. Hacer efectivo el apercibimiento ordenado mandándose notificar la presente Resolución por Edicto en un diario local y el Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV. Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- V. Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- Fdo. DR. ROBERTO SIUFI.- JUEZ.- Ante mi: DRA. SILVIA RAQUEL LAMAS.- Secretaria.-
Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de MAYO de 2005.- Secretaría Nº 8, a cargo de la Dra. SILVIA RAQUEL LAMAS- SECRETARIA.-
01/03/06 JUNIO LIQ. Nº 43561 $ 11.70








