BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 01/06/2005

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº6 – SECRETARIA Nº12, de la Provincia de Jujuy, en le Expte. Nº B-108018/03, caratulado: “EJECUTIVO: MURINA JOSE ALBERTO C/GUMIEL NORMANDO LEONCIO”, hace saber al Sr. NORMANDO LEONCIO GUMIEL que en los auto se ha dictado la siguiente sentencia: “San Salvador de Jujuy, 23 de Febrero de 2005. AUTOS Y VISTOS:…CONSIDERANDO:… RESUELVE:1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por MURINA JOSE ALBERTO en contra del demandado, GUMIEL NORMANDO LEONCIO, hasta hacerse acreedor del íntegro pago del capital reclamada, convertido a pesos y determinando por aplicación del principio de del esfuerzo compartido, en la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 2.715), con más el interés moratoria del 6% anual, desde la mora y hasta su efectivo pago.2º)Imponer las costas a la parte demandada vencida (Art. 102 del Código Procesal Civil). 3º)Regular los honorarios profesionales del Dr. BRUNO A. RIBOTIS en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450) por su actuación en el doble carácter, los que se fijan a la fecha y que solo en caso de mora devengará interés conforme a la tasa pasiva, la que será calculada con la formula que establece el comunicado 14.290 del Banco Central de la República Argentina, hasta su efectivo pago, con mas IVA si correspondiere. 4º) Notificar por cédula, por edicto y en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art. 154 del Código Procesal Civil –5º)Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS.- JUEZ. ANTE MI : DRA. LIZ M. VALDECANTOS- SECRETARIA.-

Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local, tres veces durante cinco días.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de Febrero de 2005.-

27/30 MAYO 01 JUNIO LIQ. Nº 43534 $ 11.70