LEY Nº 863
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 863
ARTICULO 1.- Acuérdase al Tiro Federal de La Quiaca “General Belloni”
un subsidio de “un mil pesos moneda nacional” ($1.000,00 m/n.) para
efectuar las instalaciones necesarias en su campo de deportes.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 30 de 1928.-
M. J. QUINTANA A. PEREZ ALISEDO
Secretario Presidente