BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/04/2005

DR. ROBERTO SIUFI- Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 Secretaría N°8, en el Expte. N° B-90993/02, caratulado: “PREPARA VIA-EJECUTIVO: “BANCO MACRO S.A. C/ GUTIERREZ MARTA ALICIA”.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de Diciembre del 2004/// Atento a lo solicitado y las constancias de autos, de conformidad con lo previsto en el Art.162 del C.P.C., intímase de pago y citase de remate a la demandada SRA. MARTA ALICIA GUTIERREZ conforme a lo ordenado a fs. 22 mediante Edictos, a tales fines publíquese en Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en CINCO días.- Notifíquese.- Fdo. DR. ROBERTO SIUFI -JUEZ- ante mi –Pro Secretaria- Dra. SILVIA RAQUEL LAMAS. ES COPIA.- PROVIDENCIA DE FS. 22.-// SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Setiembre de 2002.///Atento el informe actuarial y lo solicitado precedentemente, hágase efectivo el apercibimiento decretado en contra de la demandada, teniéndose por expedita la Vía Ejecutiva, en consecuencia líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la SRA. MARTA ALICIA GUTIERREZ, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($347,25.-) en concepto de capital, con más la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES CON SESENTA Y DOS CENTAVOS($173,62.-), calculada para responder a ulteriores del jucio. En defecto de pago, trábese EMBARGO, sobre bienes de propiedad de la demandada hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial a la propia afectada, y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores.- Asimismo cítesela de REMATE para que oponga excepciones legítimas si las tuviere, dentro del término de CINCO DIAS, contados a partir de la notificación, en este Juzgado de primera Instancia en lo Civil y Comercial N°4, Secretaría N°8, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término, intímasela a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES Kms. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.52 del Item.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónase al Sr. Oficial Justicia , con las facultades inherentes al caso.- Notifíquese.- Fdo. Dr. ROBERTO SIUFI– Juez – Ante mi Secretaria Dra. BEATRIZ BORJA .ES COPIA-

A tal fin Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Diciembre de 2.004.-

27/29 ABRIL 02 MAYO LIQ. Nº 43333 $ 11.70