BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 28/03/2005
DR. ROBERTO SIUFI, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Juzgado de N° 4-secretaría N° 7- de la Provincia de Jujuy, Expte. N° B-122133/2004: Caratulado: Ejecutivo: OTERO, SERGIO OROMSIMBO c/ BIERIG, ALCIDES MARCELO, notifica por este medio al demandado Sr. ALCIDES MARCELO BIERIG el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de agosto de 2004. Por presentado el Sr. SERGIO OROMSIMBO OTERO por sus propios derechos con el patrocinio letrado del DR: DANIEL ABRAHAM ANUN, a mérito de la firma inserta al pie del escrito de presentación, por constituido domicilio legal y por parte.- Atento a la Demanda ejecutiva deducida por el cobro de pesos y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y c.c. del C.P.C., líbrese en contra del demandado SR. ALCIDES MARCELO BIERIG, en el domicilio denunciado. Mandamiento de PAGO, EJECUCION y EMBARGO por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE C/00/100 ($ 439,00), en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN C/70/100 ($ 131,70), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. en defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial a los propios afectados y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4, Secretaría N° 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intímase a constituír domicilio legal dentro del radio de los TRES KM. del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele las futuras resoluciones, por Ministerio de Ley (Art. 52 y 154 C.P.C), haciéndole saber que los días de notificaciones en Secretaría, son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese y Ofíciese.- FDO. DRA. NORMA AMALIA JIMENEZ – SECRETARIA-
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.-
28/30 MARZO 1 ABRIL LIQ. Nº 43098 $ 11.70








