BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 23/03/2005

Nº 5- ESCRITURA NUMERO CINCO.- RECONDUCCION DE “NUEVA FARMACIA SARMIENTO S.C.S”: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a once de marzo de dos mil cinco, ante mí, MARIA ALEJANDRA MENDOZA, Escribana Adscripta al Registro Notarial número cuarenta y uno, con asiento en la Ciudad de San Pedro de Jujuy, constituída con conocimiento del Colegio de Escribanos de ésta Provincia, COMPARECEN: CESAR DANIEL MEDINA DURAN, DNI Nº 18.156.809, CUIT. Nº 20-18156809-8, argentino, casado en primeras nupcias con Ester Alejandra Amador, y SANDRA VIVIANA MARSIGLIA, argentina, DNI Nº 18.256.355, CUIT Nº 27-18256355-8, casada en primeras nupcias con Gustavo Ros, ambos con domicilio especial en calle Independencia Nº 501 de ésta Ciudad, hábiles, capaces, mayores de edad, de mi conocimiento doy fe.- Ambos se presentan en su carácter de únicos socios de la sociedad denominada “NUEVA FARMACIA SARMIENTO, SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE”, CUIT Nº 30-70754926-9, con domicilio en calle Independencia Nº 501, con una duración de sesenta meses, constituída por Escritura Nº 1.567, de fecha cinco de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, autorizada por el Escribano Patricio Lacsi, Titular del Registro Notarial Nº 25, y modificación del contrato social por Escritura Nº 1.840, de fecha 11 de diciembre de 1.998, autorizada por el Escribano Patricio Lacsi, registrada en el Registro Público de Comercio en el Libro I de Farmacias y Droguerías, Acta Nº 88, Folio Nº 88, con fecha 11 de marzo de 1.999, y en el Legajo I, Tomo II del REGISTRO de ESCRITURAS MERCANTILES de Farmacias y Droguerías, registrado con copia, bajo asiento Nº 17 a los folios 77 al 85, con fecha 11 de marzo de 1.999, cuyo estado patrimonial al día veintiocho de febrero de dos mil cinco, se acompaña a la presente y en fotocopia certificada se adjunta al Legajo de Comprobantes de éste Protocolo bajo el número de la presente escritura.- Los señores CESAR DANIEL MEDINA DURAN y SANDRA VIVIANA MARSIGLIA expresan ante mí su voluntad de RECONDUCCIÓN de la misma en los plazos y condiciones que se establecen a continuación: PRIMERO: La presente sociedad tiene un plazo de duración de sesenta meses, contados desde el presente día, once de marzo de dos mil cinco, con vencimiento el día once marzo de dos mil diez..- SEGUNDO: Los comparecientes declaran que el plazo de la misma se venció el día cinco de noviembre de 2.003, pero que la misma nunca dejó de funcionar, siguiendo en ejercicio hasta el día de la fecha, haciéndose responsables los socios mencionados por dicho ejercicio desde el día de vencimiento hasta el día de la fecha.- TERCERO: Así mismo, manifiestan su voluntad de aclarar que en el artículo séptimo, de la Escritura de constitución de dicha sociedad, la fecha anual del inventario y balance se fija el día treinta y uno de diciembre de cada año.- CUARTO: Todas las demás cláusulas y/o artículos del referido contrato social continúan en vigencia en su integridad.- Previa lectura y ratificación firman como acostumbran hacerlo ante mí, doy fe.- Hay dos firmas ilegibles, ante mí, está mi sello y mi firma.- CERTIIFICO: Que la fotocopia que antecede es auténtica y CONCUERDA con su escritura matriz, la cual autoricé al folio siete del Protocolo del Registro Nº 41, al cual soy adscripta. Para la INTERESADA expido éste Primer Testimonio en una hoja fotocopiada Nº 00061168 y la presente Nº 00061169, debidamente repuestas según ley, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento. San Salvador de Jujuy, once de marzo de dos mil cinco.-

ESC. MARIA ALEJANDRA MENDOZA

ADS. 41 – SAN PEDRO DE JUJUY

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 6 – 14 de la ley 19550.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DE MARZO DE 2005.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA

P/HABILITACION AL JUZ. DE COMERCIO

23 MARZO LIQ. Nº 43078 $ 50.70