BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 14/03/2005
Dr. Jose Luis CARDERO – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N°01, Sec.N°02, de la provincia de Jujuy, EN EL EXPTE. N° B-108629/03, caratulado: CREDIMAS S.A. C/ NAZZO PABLO DANIEL S/ PREPARA VIA EJECUTIVA, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado el decreto que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy, 07 de diciembre del 2.004.-AUTOS Y VISTOS: . . . RESUELVE: 1.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDIMAS S.A. en contra de PABLO DANIEL NAZZO, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA y UNO CON DOS CENTAVOS ($241,02), con mas los intereses -a tasa activa del Banco de la nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales- (S.T.J. causa” Banco de la Provincia de Jujuy c/ Servicios Sociales Jure”, L.A. N° 37, f° 1184/1188, N° 538 del 15/12/94). 2.- Imponer las costas a la parte demandada(art. 102 del C.P.C.).- Regular los honorarios profesionales del Dr. Juan Genaro Brizuela en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450,00), por la labor desarrollada en autos, con mas el IVA si correspondiere. En caso de mora y hasta su efectivo pago, dichos montos devengarán un interés a la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el B.C. .- Intimar al letrado a dar cumplimiento en el presente expediente con la resolución N° 689 de la A.F.I.P. – D.G.I..- Registrar, dejar copie en autos, notificar la presente por edictos y en lo sucesivo por ministerio de ley. Fdo. Dr. Jose Luis CARDERO, Juez, ante mi Proc.Maria Angela Pereira, Secretaria a cargo.-
Publíquese por edictos en el Boletín Oficial y un Diario local, tres veces en el término de cinco dias.
Secretaria N° 2, Proc. Maria Angela PEREIRA (a cargo).-
San Salvador de Jujuy, 07 de diciembre de 2.004.-
09/11/14 MARZO LIQ. Nº 42961 $ 11.70








