BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 17/05/17
EXPTE. Nº 2018-06/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2016 .-
VISTO:
La necesidad exteriorizada por la Secretaría de Economía Popular, solicitando la creación de la partida presupuestaria correspondiente al “Programa Descentralizado de Economía Popular”; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 70-DEyP-15 se creó y se aprobó la estructura orgánica funcional de la Secretaria de Economía Popular dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, surge imperativo además, dotar al organismo, de una específica partida presupuestaria, para que se ejerzan de manera eficaz las funciones conferidas por el Decreto N° 1010-DEyP-2016 de creación del “Programa Descentralizado de Fortalecimiento de la Economía Popular” (P.D.F.E.D.);
Que, el objeto del mencionado programa, es asistir técnica y financieramente a los Municipios, en la elaboración y ejecución de proyectos de desarrollo productivo de bienes y de servicios en base a necesidades y potencialidades locales, en concordancia con las políticas de desarrollo económico y social instrumentadas por el Gobierno de la Provincia de Jujuy;
Que, rola agregado informe oficial de saldo bancario por la suma de pesos tres millones quinientos tres mil ochocientos
cuarenta y uno /45/100 ($ 3.503.841,45), en la cuenta corriente bancaria N°3-200-0940969322-0 de Banco Macro S.A., perteneciente a la Dirección de Desarrollo Agrícola y Forestal; y constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente en Banco Macro S.A. N° 3-200-0941499207-7 de titularidad de la Secretaría de Economía Popular correspondiente al “Programa Descentralizado de Fortalecimiento de la Economía Popular” cuya creación fiera dispuesta por Resolución N° 202-TP-2.016;
Que, resulta necesario modificar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2016-, con el objeto de incorporar las partidas necesarias para poder afrontar las erogaciones que resulten de la implementación del programa, proyectos, emprendimientos, y convenios con municipios y organismos intermedios;
Que, corresponde transferir a la Secretaria de Economía Popular recursos presupuestarios suficientes, para que atienda de modo eficiente las finalidades mencionadas;
Que, constan las intervenciones y previsiones, de la Secretaría de Egresos Públicos, y de la Dirección Provincial de Presupuesto;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2016- Ley N° 5877, como a continuación se indica:…
ARTICULO 2º.-Instrúyase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a efectivizar la transferencia bancaria de la cuenta corriente N° 3-200-0940969322-0 de Banco Macro S.A., a la cuenta corriente de Banco Macro S.A. N° 3-200-0941499207-7, de titularidad de la Secretaría de Economía Popular correspondiente al Programa Descentralizado de Fortalecimiento de la Economía Popular.-
ARTICULO 3°.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico y Producción, y de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR