BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 28/02/2005
DR. ENRIQUE ROGELIO MATEO, Vocal Habilitado de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-106041/03: “ ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: SANDOVAL JORGE EDGAR C/ ARGAÑARAZ Y BUCCINO S.R.L. Y FACCIOLI OMAR”, que en el expediente de referencia se ha ordenado el siguiente decreto: “ SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE NOVIEMBRE DEL 2004.- Atento lo solicitado córrase TRASLADO de la demanda al accionado FACCIOLI OMAR MANUEL, para que la conteste dentro del plazo de QUINCE DIAS hábiles de notificado, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho de contestar la demanda (art. 298 del C.P.C.) y desígnese como su representante al Dr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- Intímase al accionado para que en igual plazo, constituya domicilio legal, dentro del radio asiento de este Tribunal bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese por cédula y al accionado atento lo dispuesto al art. 162 del C.P.C., FACCIOLI OMAR MANUEL mediante EDICTO en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y un diario de la Provincia de Tucumán por tres veces en CINCO DIAS.- FDO. DR. ENRIQUE MATEO – Vocal Habilitado – Ante mí: MARIA CRISTINA GARZON DE MACEDO – Habilitada.-
= = = Publíquese Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y un diario de la Provincia de Tucumán por TRES VECES en CINCO DIAS, e letra 7b sin agregados ni enmiendas.-
= = = SECRETARIA, San Salvador de Jujuy, 02 DE DICIEMBRE DEL 2004.-
25/28 Feb. 02 Marzo – Liq. 42838 – $ 11,70








