BOLETIN OFICIAL Nº 57 – 13/05/2026
El Dr. Carlos Marcelo Cosentini, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el EXPTE. Nº C-015636/13 Prescripcion Adquisitiva de Inmueble: “ZULEMA SOCORRO PARADA- IRMA EDELMIRA PARADA c/ MIGUEL SANDOVAL”, notifica la resolución dictada y que a continuación se transcribe: “En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 14 días del mes de Mayo del año dos mil veinticinco,…Resuelve: 1.-Hacer lugar a la demanda promovida por las Sras. Irma Edelmira Parada y Zulema Socorro Parada y en su mérito, declarar adquirido por las nombradas el dominio del inmueble individualizado como Padrón I-302, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 1A, Manzana 24, ubicado en la calle Alvear Nº 610 del Pueblo de Tilcara, cuyas medidas, superficie y linderos surgen del plano de mensura para prescripción adquisitiva oportunamente agregado a la causa. 2.- Determinar como fecha de adquisición del dominio el día 3 de mayo de 2010.- (art. 1905 C.C.C.). 3.- Imponer las costas por el orden causado (apart. 2 del art. 128 del C.P.C.C). 4. Diferir la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto se aporten elementos para ello. (art. 25 inc. a ley 6368). 5. Firme la sentencia, librar oficios ordenando las inscripciones pertinentes, previo pago de las obligaciones fiscales que correspondieren. 6. Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y dar intervención a C.A.P.S.A.P. y a la Dirección Provincial de Rentas”. Fdo. Dr. Cosentini Carlos Marcelo – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Presidente de trámite. Dra. Issa, Norma Beatriz y Dra. Caballero, Alejandra- Vocales. Ante mí. Dra. Bernal Fascio, María Jimena – Secretaria”. Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos. San Salvador de Jujuy, 26 de febrero de 2026.-
13/15/18 MAY. LIQ. Nº 43815 $5.700,00.-








