BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 20/12/2006
Nº 277: ESCRITURA NUMERO DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE.- CESION DE CUOTA SOCIAL: MABEL IRENE HAROIAN A FAVOR DEL NELSON EDGARDO HAROIAN.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil seis, ante mí: MARIO ALEJANDRO PIZARRO, Escribano Público Autorizante, Titular del Registro Notarial número tres, COMPARECEN: la señora MABEL IRENE HAROIAN, argentina, Documento Nacional de Identidad número 13.224.154, C.U.I.T. número 27-13224154-1, casada en primeras nupcias con Juan Carlos Berruezo; y el señor NELSON EDGARDO HAROIAN, argentino, Documento Nacional de Identidad número 17.563.122, C.U.I.T. número 20-17563122-5, casado en primeras nupcias con Patricia Teresita Monge, ambos domiciliados en Finca Islas Los Manantiales, Pampa Blanca, Departamento de El Carmen de esta Provincia, de tránsito en ésta Ciudad.- Personas mayores de edad, capaces para este acto y de mi conocimiento, doy fe, como así la doy de que intervienen: a) Nelson Edgardo HAROIAN por sus propios derechos; y b) Mabel Irene HAROIAN, en su carácter de socia de la firma TRANSPORTE ITALIA S.R.L.”, con domicilio social en calle Santa Fe número 373 de la Ciudad de Perico, Departamento de El Carmen de esta Provincia, debidamente inscripta en el Registro Público de Comercio de esta Provincia al Folio 361, Acta 349, Libro II de S.R.L. y Registrado con copia bajo Asiento número 40, Folio 275/278 al Legajo IX Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 30 de agosto de 2.004.- Y los comparecientes, DICEN: PRIMERO: Por éste acto la señora Mabel Irene Haroian CEDE y TRANSFIERE en forma onerosa a favor del señor Nelson Edgardo Haroian, treinta y cinco cuotas sociales de Pesos cien ($100,00) cada una por un total de Pesos tres mil quinientos ($3.500,00).- SEGUNDO: El Cedente realiza ésta cesión onerosa por el precio total y convenido de PESOS SEIS MIL ($6.000.-), que el cesionario abono con anterioridad a este acto de contado y en dinero efectivo, por lo que le otorga formal recibo y carta de pago, subrogando a favor del mismo el total de sus cuotas sociales en la razón social “TRANSPORTE ITALIA S.R.L.”, para que colocándose en su mismo grado, lugar y prelación, ejercite en su oportunidad las acciones que mejor convinieren, obligándose en consecuencia la cedente a responder por evicción conforme a derecho.- TERCERO: LA CEDENTE declara: a) Que no existe otro pasivo social exigible o no exigible, corriente o no corriente, fuera del que resulta de libros y documentación a la fecha; b) que, el Cesionario toma su cargo, dicho pasivo, en especial, todo tipo de impuestos, contribuciones fiscales y servicios de toda índole, nacionales, provinciales, municipales, ordinarios o extraordinarios, pendientes a la fecha, impuesto a las ganancias, a los capitales, a ingresos brutos, como así también prestaciones previsionales, cargas laborales y toda otra obligación que pudiera existir, derivada de hechos o actos jurídicos anteriores a la fecha del presente contrato, c) Que el cesionario se responsabiliza por todo pasivo que derivado de causas anteriores a éste acto, d) La cedente se obliga a responder por evicción y vicios redhibitorios aún en los casos de los artículos 2106 y 2170 del C.C., y que desiste de toda acción basada en los artículos 1071 y 1198 del C.C., e) renuncia al cargo de socia que desempeñaba en la sociedad.- CUARTA: La cedente manifiesta: Que tiene la libre disponibilidad por tales declaraciones, en consecuencia subroga al CESIONARIO, en todos los derechos y acciones inherentes en su calidad, con la facultad de ejercerlos, que nace de este instrumento.- QUINTO: En virtud de la presente cesión la señora Mabel Irene Haroian, queda desvinculada de la sociedad, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a la misma , y que renuncia a todos sus derechos y aun a los beneficios sobre ejercicios anteriores.- SEXTO: Impuesto el cesionario del contenido de la presente cesión otorgada a su favor, manifiesta su conformidad y aceptación en todas sus partes.- Presente en este acto los señores JUAN CARLOS BERRUEZO, argentino, Documento Nacional de Identidad número 17.848.286, casado en primeras nupcias con Mabel Irene Haroian, domiciliado en Finca Islas Los Manantiales, Pampa Blanca, Departamento de El Carmen de esta Provincia, de tránsito en ésta Ciudad, y ENRIQUE ANTONIO HAROIAN, argentino, Documento Nacional de Identidad número 11.153.599, divorciado, domiciliado en Finca Islas Los Manantiales, Pampa Blanca, Departamento de El Carmen de esta Provincia, de tránsito en ésta Ciudad.- Personas mayores de edad, capaces para este acto y de mi conocimiento, doy fe.- Y EXPRESAN: Juan Carlos Berruezo, cónyuge de la cedente, que viene por este acto a presta su asentimiento a la presente cesión, de acuerdo al Artículo 1.277 del Código Civil; y b) Enrique Antonio Haroian, que, en su carácter de socio de la firma presta conformidad con la presente cesión, conforme lo requerido por el Articulo Décimo Tercero del Contrato Social.- En este estado, los comparecientes por la presente autorizan al Escribano Autorizante, a fin de que gestione y solicite la inscripción de la presente cesión, ante el Registro Público de comercio.- A tal efecto, lo facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dicho organismo estime procedentes, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos, hasta lograr la inscripción definitiva de la cesión.- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes como acostumbran hacerlo, por ante mí, de lo que doy fe.- HAY TRES FIRMA ILEGIBLES con su respectiva aclaración de puño y letra que dicen: “ JUAN CARLOS BERRUEZO”, “ NELSON E. HAROIAN” y “ HAROIAN, MABEL IRENE”.- HAY OTRA FIRMA ILEGIBLE que pertenece a :”ENRIQUE ANTONIO HAROIAN”.- Está mi firma y sello Notarial.- ——– CONCUERDA fielmente con su Escritura matriz que pasó ante mí, al folio 501 y 502 del protocolo “A” del Registro Notarial número tres, a mi cargo, doy fe.- Para EL CESIONARIO expido este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial números A00483974 y A00484104 las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.-
ESC. PUB. MARIO A. PIZARRO, titular del Reg. Nº 3, S.S. de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de diciembre de 2006.-
DR. RAMON ANTONIO SOSA
Jefe de Mesa Gral. De Entrada
Por Habilitación al Juzgado de Comercio
20 DIC. LIQ. Nº 57022 $ 52,70








