BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 12/09/14
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5832
ARTICULO 1º.-Apruébase el Convenio de fecha 27 de Diciembre de 2013, suscripto entre la Provincia de Jujuy y el Estado Nacional, refrendado por Decreto-Acuerdo Nº 4432-H-13.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Agosto de 2014.-
Dr. Jorge Oscar Rodríguez
Secretario Parlamentario
Dr. Guillermo E. M. Snopek
Vice-Presidente 1º
a/c de Presidencia
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-364/2014.-
CORRESP. A LEY Nº 5832.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 AGO. 2014.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Hacienda y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento, Oportunamente, ARCHÍVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR