BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 06/12/2006
El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2,Secretaria Nº4, en el Expte. Nº B-143699/05: EJECUTIVO: COOT.T.D.E.LI. COOPERATIVA DE TRABAJO DE EDUCADORES LIMITADA C/ MAIHUA, ARMANDO OSCAR.- SE NOTIFICA mediante Edictos en el Boletín Oficial y un diario Local por tres veces en CINCO DÍAS, haciéndole saber al demandado SR. MAIHUA, ARMANDO OSCAR, que los terminos se computarán a partir de la ultima publicación, la siguiente: RESOLUCIÓN: SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 AUTOS Y VISTOS:…RESULTA:…CONSIDERANDO:…- RESUELVE: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución
Interpuesta por la COO.T.D.E.L.I. COOPERATIVA DE TRABAJO DE EDUCADORES LIMITADA en contra del SR. ARMANDO OSCAR MAIHUA, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS ($ 1.726), por los motivos expuestos en los considerando, y deberá aplicársele la tasa activa que Fiji el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos comerciales desde la mora hasta su efectivo pago.- 2) Imponer las costas a la parte vencida (art. 102 del C.P.C.).- 3) Regular los honorarios profesionales de la DRA. MONICA NOEMI YOLANDA FERNANDEZ, por la labor desarrollada en autos, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450), por los motivos expuestos en los considerandos, a los que e les aplicaran los mismos interese que al capital, una vez que la presente resolución quede forme, con mas I.V.A., si correspondiere.-
4) Intimar a la letrada a retirar los documentos originales, motivo de la presente ejecución, en el termino de CINCO DÍAS de notificado, bajo expreso apercibimiento de proceder a glosarlo a los presente autos.- 5) Hacer efectivo el apercibimiento decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifiquese esta resolución por cédula y las posteriores por Ministerio de Ley (art. 52 del C.P.C.) .- 6)Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- FDO.: DRA. OLGA DEL VALLE VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ; ante mi: DRA. SILVIA INES TABBIA – SECRETARIA .- Es COPIA.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 7 de noviembre de 2006.-
06/11/13 DIC. LIQ. Nº 61180 $ 17,70








