BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 22/11/2006

DR. JOSÉ LUIS CARDERO –JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº UNO – SECRETARÍA Nº UNO, en los autos caratulados B-150.928/2.006: EJECUTIVO: COLEGIO F.A.S.T.A. SAN ALBERTO MAGNO O.P. c/VILLA, NORMA ROSAURA.-; hace saber la siguiente providencia de fs. 09: SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de Mayo de 2.006: Por presentado el Dr. RICARDO CÉSAR PLANCKENSTEINER en nombre y representación del COLEGIO FASTA SAN ALBERTO MAGNO O.P., a mérito de copia juramentada de poder general para juicios que en acompaña por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese MANDAMIENTO DE PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO en contra de la demandada SRA. NORMA ROSAURA VILLA D.N.I.24.023.927 en el domicilio denunciado por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA CTVOS. ($ 4.597,90) en concepto de capital y con más la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 1.379,00), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, TRÁBESE EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese montos, nombre y domicilio del o los Acreedores y CÍTESELO DE REMATE para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1 – Secretaría Nº1, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM. del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al JUEZ DE PAZ DE YALA con las facultades inherentes del caso. Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno fuere feriado. Notifíquese, art. 154 del C.P.C.- FDO. DR. JOSÉ LUIS CARDERO -JUEZ- ANTE MI DRA. OLGA BEATRIZ PEREIRA –SECRETARIA. Providencia de fs. 27: SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE NOVIEMBRE DE 2.006.- I.- Atento lo solicitado en el escrito que antecede y constancias de autos, publíquese EDICTOS como se pide, en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.- II.- Notifíquese (Art. 154 y 162 del C.P.C.).- FDO. DR. JOSÉ LUIS CARDERO -JUEZ- ANTE MI DRA. JOSEFINA VERCELLONE –SECRETARIA. A tales efectos publíquese EDICTOS en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.- SECRETARÍAN Nº1: NOVIEMBRE 09 de 2006.- DRA. JOSEFINA VERCELLONE – SECRETARIA.-

20/22/24 NOV. LIQ. Nº 61094 $ 17,70