BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 03/11/2006

Dr. Eduardo Horacio Conde, Juez, del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial del Centro Judicial San Pedro, sito en calle Rogelio Leach esq. Sarmiento – 1º Piso – de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Dpto. San Pedro, Provincia de Jujuy, en el Expte. NºA-23.481/04, caratulado: “Divorcio Vincular: Carlos Enrique Palavecino c/ Luisa Ester Guerrero” notifica a la Sra. Luisa Ester Guerrero las providencias que en la causa ha dictado y que, en lo pertinente, se transcriben: PROVIDENCIA DE FS. 12: “San Pedro de Jujuy, 15 de Septiembre de 2004.- I.- Téngase por presentado al Dr. René R. Barrionuevo, en nombre y representación de Carlos Enrique Palavecino a mérito de carta poder que acompaña; por constituido domicilio legal; por parte.- II.- Admítase la presente demanda de divorcio vincular, para la notificación de la misma se estará a lo dispuesto en el art. 162 del CPC, previo a lo cual se oficiará al Juzgado Electoral Nacional y a la Policía de la Provincia de Jujuy al efecto de que informe a este Juzgado y Secretaría último domicilio de la demandada.- III.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado.- Fdo. Dr. Eduardo Horacio Conde – Juez – Dra. Susana D. Navarta – Firma Habilitada.” PROVIDENCIA DE FS. 25: “San Pedro de Jujuy, 10 de Diciembre de 2004.- I.- Córrase traslado de la demanda con la copia respectiva a la accionada para que la conteste dentro de quince días con más veintiún (21) días en virtud de lo dispuesto por el art. 193 del C.P.C., todo bajo apercibimiento de tenérsela por contestada en caso de que no lo hiciere (art. 298 y cctes. del C.P.C.).- II.- … III.- Fdo. Dr. Eduardo Horacio Conde – Juez – Dra. Susana D. Navarta – Firma Habilitada.” PROVIDENCIA DE FS. 33: “San Pedro de Jujuy, 17 de Abril de 2006.- I.- … haciéndose saber a la misma que en Secretaría de este Juzgado se encuentran los autos reservados a su disposición.- II.- … Fdo. Dr. Eduardo Horacio Conde – Juez – Dra. Susana D. Navarta – Firma Habilitada.” PROVIDENCIA DE FS. 40: “San Pedro de Jujuy, 10 de Octubre de 2006.- I.- Atento a lo peticionado a fs. 40 y visto que de las constancias de autos surge que se encuentra justificada por el interesado haber realizado sin éxito gestiones tendientes a conocer el domicilio de la demandada, ordénase la publicación de edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local, transcribiéndose providencia de fs. 12, puntos I de las providencia de fs. 25 y de fs. 33.- II.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Eduardo Horacio Conde – Juez – Dra. Susana Delia Navarta – Pro – Secretaria Técnica Judicial – Centro Judicial San Pedro.” – San Pedro de Jujuy, 10 de Octubre de 2006. –

30 OCT. 03/06 NOV. LIQ. Nº 59440 $ 17,70