BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 03/11/2006

DRA. AMALIA INES MONTES – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a ALICIA DEL CAMPO Y ANGEL MALPARTIDA, que en el Expte. Nº B-106751/03, caratulado: “EJECUTIVO – PREPARA VIA: PROVENCRED II SUCURSAL ARGENTINA C/ ALICIA DEL CAMPO Y ANGEL MALPARTIDA”, se ha dictado la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de Septiembre de 2.006.- AUTOS Y VISTOS: …CONSIDERANDO: …RESUELVE: I) Tener por presentada a la Dra. Cristina Marco, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación del Sr. Angel Malpartida, a mérito de lo dispuesto a fs. 88 de autos.- Por constituido domicilio legal.- II) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por Provencred II Sucursal Argentina, en contra de Alicia del Campo y Angel Malpartida, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos un mil doscientos dieciséis con treinta centavos ($1.216.30), con más el interés a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago.- III) Regular los honorarios profesionales del Dr. Blas Esteban González García en la suma de pesos cuatrocientos cincuenta ($450.00) por la labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme tasa pasiva que publica diariamente el B.C.R.A., conforme lo considerado, con más I.V.A., si correspondiere.- IV) Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V) Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C).- VI) Firme que se encuentre la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa.- VII) Notificar por cédula y por Edictos a las partes y a C.A.P.S.A.P. y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 154 del C.P.C.).- VIII) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Amalia Inés Montes – Juez – Ante mi Dra. Paula Turk Mateo – Por habilitación Secretaria”.-

Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un Diario Local, por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Septiembre de 2.006.-

30 OCT. 03/06 NOV. LIQ. Nº 59447 $ 17,70