BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 27/10/2006

MODIFICACION DE CONTRATO DE SOCIEDAD “ECCI SRL”

Entre don JOSE ANTONIO CASALI, Argentino, DNI N° 10763792, CUIL N° 20-10763792-4, de estado civil divorciado en calle Aconquija, N° 1790, planta baja departamento B, de esta Ciudad y don MARTIN DURBAL JORGE, Argentino, DNI N° 11207293, CUIL 20-11207293-5, casado en primeras nupcias con Silvia Aída Fiesta, domiciliada en calle Argañaraz N° 277 de esta Ciudad, han resuelto en celebrar la presente modificación de contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada de la razón social “EMPRESA CONSTRUCTORA COMERCIAL E INDUSTRIAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” la que gira comercialmente bajo el nombre y denominación de ECCI SRL, inscripta en el Registro Publico de Comercio de esta Ciudad al folio 511, acta 498 del Libro II de SRL y al asiento 31, folio 184/186 del legajo XI del tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL.- Por lo que en este acto procede a modificar las cláusulas cuarta y quinta del contrato social las que quedaran modificadas de la siguiente forma: CUARTO: CAPITAL SOCIAL “El capital social se suscribe en la suma de pesos cien mil $100.000 el que se procede a integrar de la siguiente de la forma: en este acto aportan el cincuenta por ciento del total del capital o sea la suma de pesos cincuenta mil $ 50.000.- Y el saldo se integrara en el plazo de dos años a contar desde la presente fecha.- El capital social se dividirá en la cantidad de doscientas (200) cuotas sociales de valor nominal de pesos QUINIENTOS cada una, correspondiéndole la cantidad ciento ochenta cuotas sociales (180) a José Antonio Cásale y veinte (20) cuotas sociales a Jorge Martín Durban”.- QUINTO: ADMINISTRACION Y REPRESENTACION.- “ Ejercerán la administración y representación de la sociedad ambos socios en calidad de Gerente en forma CONJUNTA, ALTERNADA O INDISTINTA, quienes tendrán el uso de la firma social y podrán obligar a la sociedad para todos los actos que sean necesarios a su giro comercial o cualquier acto en la que tenga un interés legitimo, siempre y cuando no la comprometan en un giro extraño al objeto societario y duraran en sus funciones hasta que finalice la sociedad”.- Las partes encomiendan al Escribano Cesar Ricardo Frías para la inscripción de la modificaron en el Registro correspondiente quien se encuentra facultado a celebrar todos los tramites y gestiones necesarias.- Para todos los efectos legales, judiciales y demás obligaciones las partes firman dos ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy a los trece días del mes de Octubre del año dos mil seis, sometiéndose a los Tribunales Ordinarios de esta Ciudad y renunciando al fuero federal.-

ACT. NOT. Nº A 00451573

ESC. PUB. CESAR RICARDO FRIAS, titular del reg. Nº 36, S.S. de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de octubre de 2006.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa Gral. de Entrada

Por Habilitación al Juzgado de Comercio

27 OCT. LIQ. Nº 59422 $ 52,70