BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 25/10/2006
Dra. BEATRIZ J. GUTIERREZ, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaría Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. NºB-131723/05, caratulado: “EJECUTIVO: MARTINEZ, ALBERTO C/ FLORES, ALEJANDRO FABIAN”, hace saber al accionado Sr. ALEJANDRO FABIAN FLORES que en el mismo se ha dictado el siguiente decreto que a continuación se transcribe en todas sus partes: DECRETO DE FS. 11 DE AUTOS: “///SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE FEBRERO DE 2005.- Por presentada la Dra. NIVEA DEL VALLE ADERA, por constituído domicilio legal y por parte, en nombre y representación del Sr. MARTINEZ ALBERTO, a mérito de la copia de poder general para juicios que debidamente juramentada rola a fs. 6/7 de autos, y con el patrocinio letrado de la Dra. EDITH ADRIANA ASSAD.- De conformidad con lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérase de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO al demandado Sr. ALEJANDRO FABIAN FLORES, en el domicilio denunciado por la suma de PESOS DOS MIL ($2.000) en concepto de capital, con más la de PESOS UN MIL ($1.000.-), calculadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si dicho bien registra algún gravámen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante y cíteselo de REMATE para que concurra a éste Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaría Nº 5 a oponer excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo señalado, se intimará a la demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado…- FDO. DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ – JUEZ – ANTE MI PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA – PRO-SECRETARIA.-
Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DIAS.”-
PRO-SECRETARIA: PROC. MATA J. BERRAZ DE OSUNA.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 DE SETIEMBRE DE 2006.-
23/25/27 OCT. LIQ. Nº 59396 $ 17,70








