BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 25/10/2006

Nº70.- ESCRITURA NUMERO SETENTA.- CESION DE CUOTA SOCIAL OTORGADA POR SERGIO EDUARDO ROJAS A FAVOR DE JORGE ADRIAN ALBORNOZ.– En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a treinta y un días del mes de Agosto del año dos mil seis, ante mí, MARIELA VERÓNICA MACHADO, Escribana Pública Autorizante, Adscripta al Registro Notarial numero dieciocho,con asiento en esta Ciudad, comparecen:por una parte el Señor SERGIO EDUARDO ROJAS,DNINº14.049.665, CUIT Nº 20–14049665-1, de profesión Farmacéutico, nacido el día catorce de Diciembre del año mil novecientos sesenta, de cuarenta y cuatro años de edad, divorciado de sus únicas nupcias con la Señora PATRICIA FABIANA BONO DE ROJAS ambos domiciliado legal y fiscalmente en la calle Independencia Nº262, de esta Ciudad, por el otra: JORGE ADRIAN ALBORNOZ, DNI N°29. 390.461, CUILN°20-29390461-9,soltero,de profesión Farmacéutico, nacido el catorce de marzo de mil novecientos ochenta y dos, de 24 años de edad, domiciliado en la calle Belgrano n°864, décimo piso, departamento uno, de esta Ciudad.- Personas argentinas, mayores de edad, hábiles y de mi conocimiento doy fe y el primeramente nombrado dice: Que en su carácter de socio de la razón Social que gira bajo la denominación FARMACIA SAN FELIPE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE(SCS), con domicilio en la Avenida Almirante Brown trescientos tres de esta Ciudad, constituida por Instrumento Privado de fecha siete de abril del año mil novecientos noventa y siete, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el folio setenta y cuatro, Acta setenta y cuatro, Libro I de Farmacias y Droguerías, el veintiséis de Agosto de mil novecientos noventa y siete, y bajo Asiento numero dos, Folio cinco barra seis, Legajo I, Tomo II del Libro de Registro de Escrituras Mercantiles doy fe, según así surge de original que tengo a la vista y fotocopia del cual agrego al legajo de comprobantes de este protocolo, doy fe, CEDE Y TRANSFIERE a titulo gratuito a favor de JORGE ADRIAN ALBORNOZ todos los derechos y acciones que tiene o que le pudieran corresponder en su carácter de socio comanditado.- La Cesión comprende el ciento por ciento del capital social suscripto e integrado por el cedente que representa la suma de cien pesos ($100, 00)del capital social conforme lo establece la cláusula tercera del contrato constitutivo.-Del certificado numero doce mil ciento cincuenta y seis, de fecha veintinueve de agosto del corriente año, extendido por el Registro Inmobiliario surge que el cedente no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes, original que tengo a la vista, y que agrego al legajo de comprobantes de este protocolo, doy fe.- Por lo tanto el cedente subroga al cesionario en los expresados derechos colocándolo en su lugar, grado y prelación, por lo que en consecuencia queda desvinculado de la sociedad en el carácter invocado y manifiesta que no se le debe suma alguna bajo ningún concepto y que nada mas tiene que reclamar a la sociedad haciendo expresa renuncia a todos los derechos y acciones que eventualmente le pudieran corresponder.- Presente en este acto se encuentran FELIPE NEMESIO ALBORNOZ, L.E.Nº5. 096.206, CUITNº20–05096206-8, de profesión Contador Publico Nacional, casado en primeras nupcias con Josefina Antonia Lauricella, domiciliado en la calle Belgrano nº864, piso diez, departamento uno, de esta Ciudad, en su carácter de socio comanditario, presta su consentimiento a la presente cesión, en cumplimiento con lo que establece el articulo 131 de la Ley de Sociedades 19.550; y la Señora PATRICIA FABIANA BONO,DNINº18.471.199,CUILNº27-18471199-6, Argentina, mayor de edad, domiciliada en Iriarte nº485, Barrio Ciudad de Nieva de esta Ciudad, hábil y de mi conocimiento doy fe y dice presta su consentimiento a la presente cesión según en cumplimiento con el articulo mil doscientos setenta y siete del Código Civil.- Previa lectura y ratificación los otorgantes firman esta escritura en la forma de estilo y por ante mi, lo certifico.- Sigue a la de Cesión de derechos y acciones posesorios.- Hay cuatro firmas ilegibles, esta mi firma y sello personal Mariela Verónica Machado.

CONCUERDA: con Escritura matriz que paso al folio ciento cincuenta y ocho de mi Protocolo, doy fe.- Para el REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO expido COPIA SIMPLE en dos hojas de blancas simples, que firmo y sello en el lugar y fecha del otorgamiento.-

ESC. PUB. MARIELA VERONICA MACHADO, Ads. – 18, S.S. de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 6 y 14 de la ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 de octubre de 2006.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa Gral. de Entrada

Por Habilitación al Juzgado de Comercio

25 OCT. LIQ. Nº 59413 $ 52,70