BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 06/10/2006
Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-148709/05, “VENIA SUPLETORIA: BLOK POMA, VICTOR” Hace saber a la Sra. SABINA ALARCON que se ha dictado el siguiente PROVEIDO que obra a fs. 19 de autos: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Febrero de 2006.- Conforme a las constancias de autos y a lo dictaminado por el Agente Fiscal a fs. 18 vlta. De autos, téngase por iniciada la presente acción y a los efectos de la producción de la prueba Ofrecida: a) DE TESTIMONIAL: Atento a lo solicitado citase a los Sres. CESAR RAMOS, NERI GOMEZ DE JOFRE, NORMA ISASMENDI, LAURA VERA, MARIA GUERRA Y GABINO CUEVAS, a la Audiencia Testimonial que se llevara a cabo en este Juzgado y Secretaria para los tres primeros nombrados el día 06 de marzo del corriente año, a horas 11,00 y para los TRES ULTIMOS de los nombrados para el día 13 del mes de Marzo del corriente año, a horas 10,00 al tenor del pliego de preguntas que oportunamente presentara el promotor de autos, bajo apercibimiento de ley, a la que deberán concurrir los nombrados con sus respectivos documentos identificatorios, bajo expreso apercibimiento de que en caso de inconcurrencia injustificada se los hará conducir con el auxilio de la fuerza publica….- Oportunamente pasen los presentes autos al dictamen del Ministerio Publico Fiscal a sus efectos.- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil posterior si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese (art. 155 y 156 del C.P.C.).- FDO.: DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT- JUEZ ANTE MI Proc. MARCELO IBARRA- SECRETARIO- FS. 78 SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Junio de 2006.- Conforme a las constancias de autos y proveyendo el escrito presentado por el Dr. Nicolás Yanicelli, téngase a la Sra. Defensora Oficial de Pobres y Ausentes DRA. SUSANA I. MACIEL por desistida de la prueba oportunamente ofrecida.- Sin perjuicio de lo precedentemente proveído y a los fines de no violar el principio de defensa en juicio y del debido proceso y mas aun considerando que es el propio actor quien manifiesta desconocer el domicilio del demandado y en virtud de lo establecido por el art. 162 del C.P.C. de la Pcia. Ordenase la publicación de edictos en el boletín oficial y en un diario de amplia circulación local por el termino de tres (3) veces en cinco (5) días haciéndole saber a la demandada Sra. Sabina Alarcon la parte pertinente de la providencia de fs. 19 y la presente providencia a los fines de que comparezca en el termino de diez (10) días a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de Ley.- Notifíquese por cédula.- FDO. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT- JUEZ- ANTE MI: GUSTAVO M IBARRA- SECRETARIO”.-
Publíquese EDICTOS en el BOLETIN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por DOS VECES en DIEZ DIAS-.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de agosto de 2006.-
27 SEPT. 6 OCT. LIQ. Nº 59200 $11,80.-








