BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 06/10/2006

DR. JOSE LUIS CARDERO – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 Secretaria N ° 2 , se hace saber que en el Expte . N ° B-127648/04 caratulado: “Ejecutivo CREDIMAS S.A. C/ CRUZ, DIEGO AGUSTIN “, se hace saber al Sr. CRUZ DIEGO AGUSTIN, que se ha dictado las siguientes PROVIDENCIAS////// DE FS.28:-SAN SALVADOR DE JUJUY, Diciembre 02 del 2005.- 1.-Revocase por Contrario Imperio la Providencia de fojas 27 de autos. Proveyendo el escrito del Dr. Juan Genaro Brizuela, notifíquese la Providencia de fojas 9 de fecha 04/03/2005 por EDICTOS durante Cinco (5) días en el Boletín Oficial y en un Diario Local.- 2.- Notifíquese.- Fdo.Dr..ROBERTO SIUFI- JUEZ (P/Habilitación).- Ante mí, Dra. MARIA GRACIA RODRIGUEZ- Secretaria.-/////////////// DE FS.9:- ” SAN SALVADOR DE JUJUY” 18 de Marzo del 2005.- I.- Por presentado el Dr. JUAN GENARO BRIZUELA, por constituido domicilio legal y por parte, como apoderado de la razón social CREDIMAS S.A. mérito de la Copia de Poder General para Juicios, que rola a fs, 2/4 de autos.- II.- De conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 y cc. del C.P.C., líbrese Mandamiento de Pago y Ejecución en contra del accionado , Sr. DIEGO AGUSTIN CRUZ, por la suma de Pesos UN MIL NOVECIENTOS SETENTA CON DOS CTVOS. ( $ 591.02), calculado provisoriamente para accesorias legales.- III ).- En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes, hasta cubrir ambas cantidades, designándose Depositario Judicial al propio afectado y/o la persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley.- IV ).- Cíteselo de Remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 – Secretaria N° 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la Ejecución.- V ).- Intimar al accionado a constituir domicilio legal dentro del radio de tres Kilómetros del asiento de este Juzgado.- VI ).- A tal fin líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con los recaudos y Facultades de ley.- VII ).- Notifíquese art. 154 del C.P.C..- Fdo. DR. JOSE LUIS CARDERO – JUEZ” Ante mí, Dra. MARIA GRACIA RODRIGUEZ- – Secretaria .-

“SAN SALVADOR DE JUJUY, Diciembre 09 del 2005.-

29 SEPT. 02/04/06/09 OCT. LIQ. Nº 59217 $ 29,50