BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 11/09/2006
El JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 2, Secretaría N° 4, en el Expte. Nº B-152833/06: “EJECUTIVO: ANGELA MARIA REVOL DE ROQUES c/GABRIELA MATILDE VILCA ALFARO, HECTOR VILCA LOZANO y OTRO”, se notifica mediante EDICTOS en el BOLETIN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por tres veces en cinco días a los demandados, que los términos se computarán a partir de la última publicación, de la Sentencia recaída en autos que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 DE AGOSTO DE 2006.- AUTOS Y VISTOS…- RESULTA:…- CONSIDERANDO:….- RESUELVE: 1) Mandar Llevar adelante la presente ejecución interpuesta por REVOL DE ROQUE, ANGELA MARIA en contra de los Sres. NORBERTO ARIEL VERA, GABRIELA MATILDE VILCA ALFARO Y HECTOR VILCA LOZANO, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000,00), por los motivos expuestos en los considerandos, y deberá aplicársele la Tasa Activa que fija el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales desde la mora hasta su efectivo pago.- 2) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 3) Regular los honorarios profesionales del Dr. HERNAN CESAR PALOMARES, por la labor desarrollada en autos, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450,00), por los motivos expuestos en los considerandos, a los que se les aplicarán los mismos intereses que al capital, una vez que la resolución quede firme, con mas I.V.A. si correspondiere.- 5) Intimar al letrado a retirar el documento original, motivo de la presente ejecución, en el término de CINCO DIAS de notificado, bajo expreso apercibimiento de proceder a glosarlo a los presentes autos.- 6) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- FDO. DRA. OLGA DEL V. VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ, ante mi: SERGIO CAU LOREYRO, SECRETARIO HABILITADO.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 DE AGOSTO DEL 2006.-
08/11/13 SEPT. LIQ. Nº 59052 $ 17,70








