BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 08/09/2006
ESCRITURA NUMERO DOSCIENTOS VEINTICUATRO.- Nº 224.- MODIFICACIÓN Y RECONDUCCION DE CONTRATO SOCIAL DE “INSTITUTO DE NEFROLOGÍA JUJUY S.R.L.”.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciocho días del mes de agosto del año Dos mil seis, ante mí, MARCELA VIVIANA ZAMAR, Escribana Titular del Registro Notarial Número cuarenta y ocho por una parte COMPARECEN: NORA DEL CARMEN ESPECHE DNI 11.093.898, casada en primeras nupcias con Hugo Gonnet domiciliada en Roca 650 Barrio Guemes de la ciudad de San Pedro de Jujuy; LILIANA INES ESPECHE, Documento Nacional de Identidad número 22.538.171, casada en primeras nupcias con Gustavo Rios, domiciliada en calle Martín Fierro, Block Uno departamento B 4 del barrio Güemes de La Ciudad de San Pedro, Departamento del mismo nombre de esta Provincia, ambas de tránsito aquí, y WALTER MARIO ESPECHE DNI 17.864.750, argentino, soltero, domiciliado en Avenida Jujuy 352 de esta ciudad Todos argentinos, mayores de edad, personas hábiles de mi conocimiento doy fe.- Y exponen: Que en fecha 31 de enero de 1996 celebraron un contrato de sociedad de responsabilidad limitada mediante Instrumento Privado, el que se encuentra debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio de esta Provincia al folio 414 Acta número 411 del Libro I de Sociedades S.R.L. y bajo Asiento Nueve, Folios 46/48 Legajo III, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, ambos en fecha 29 de agosto de 1996, de cuyo articulo noveno surge el carácter de únicos socios y gerentes , instrumento que en original tengo a la vista y en copia debidamente autenticada por mí agrego al legajo de comprobantes de la presente escritura. Y continúan diciendo que la razón social gira en plaza bajo la denominación de “INSTITUTO DE NEFROLOGÍA JUJUY S.R.L.” con domicilio legal en San Salvador de Jujuy, en la cláusula Tercera del referido contrato, dice: ” La duración de la sociedad será de 10 años a contar de la Inscripción de la misma en el Registro Público de Comercio. Dicho plazo puede ser prorrogado por solicitud de la sociedad antes del vencimiento del mismo mediante decisión adoptada por Asamblea de Socios”, que estando próximo el vencimiento del plazo contractual, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley de Sociedades 19550 es que vienen por este acto a declarar expresa y formalmente sus voluntades de continuar con la existencia de la sociedad no habiéndose al momento producido el nombramiento del liquidador que determina la Ley 19550 en su artículo 101 y concordantes, conforme consta en acta número 11 de Asamblea de Socios del día de la fecha, procediendo en consecuencia la reconducción o reactivación del contrato social del “INSTITUTO DE NEFROLOGÍA JUJUY S.R.L.” por otro período de cinco años contados a partir del día de la fecha de vencimiento es decir desde el 29-08-06, reafirmando plenamente la vigencia de todas y cada una de las cláusulas contractuales que los vinculan las que tienen pleno vigor en todo lo que no sean modificadas por la presente reconducción, En fe de lo cual las partes declaran PRORROGADA la sociedad que oportunamente constituyeran, firmando los comparecientes, todo por ante mí, Escribana Pública de cuanto certifico y doy fe.- Hay tres firmas ilegibles, ante, MARCELA VIVIANA ZAMAR, está mi firma y sello notarial.- CONCUERDA con su escritura matriz que pasó ante mí al folio 504 del Protocolo “A” del Registro Notarial 48 a mi cargo, doy fe.- Para Instituto de Nefrología Jujuy S.R.L. expido este PRIMER TESTIMONIO en una hoja de Actuación Notarial la que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.-
ACT. NOT. Nº A00469324
ESC. PUB. MARCELA V. ZAMAR, titular del reg. Nº 48, S.S. de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de agosto de 2006.-
DR. RAMON ANTONIO SOSA
Jefe de Gral. de Mesa de Entrada
Por Habilitación al Juzgado de Comercio
08 SEPT. LIQ. Nº 59051 $ 52,70








