BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 06/09/2006
Dr. Jorge Manuel ALVAREZ PRADO – Juez de Instrucción en lo Penal nº 1 – Secretaría nº 2 de la Provincia de Jujuy, en expte. nº 1572/05 caratulado “BURGOS, Alberto Cresencio p.s.a. de incumplimiento a los deberes de asistencia familiar – Ciudad”, a dictado la siguiente providencia: ///San Salvador de Jujuy, Agosto 25 de 2006. Atento al informe policial de fs. 97/97vlta., notifíquese por edictos conforme a lo establecido por el art. 140 del CPP, al imputado Alberto Cresencio BURGOS la parte dispositiva de la resolución recaída en autos, que rola a fojas 88/90 vlta., de fecha Agosto 09 de 2006. Fdo: Dr. Jorge Manuel ALVAREZ PRADO, Juez – por ante mí Dr. Jorge Rodolfo ZURUETA – Secretario. “///Salvador de Jujuy, Agosto 25 de 2006. AUTOS Y VISTOS: . . . Y CONSIDERANDO: . . . RESUELVO: 1º)Dictar auto de PROCESAMIENTO en contra del prevenido ALBERTO CRESENCIO BURGOS, ya filiado, por resultar supuesto autor material y responsable del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, previsto en el art. 1º de la ley nº 13.994. 2º) Mantener la libertad del procesado nombrado supra. 3º) Trabar embargo sobre bienes de propiedad del prevenido nombrado, hasta cubrir la cantidad de Pesos quinientos ($ 500), para responder a ulteriores de este proceso y de conformidad con lo dispuesto por el art. 523 del Código Procesal Penal. 4º) Notificar, protocolizar, hacer saber, etc.- Fdo: Dr. Jorge Manuel ALVAREZ PRADO, Juez – por ante mí Dr. Jorge Rodolfo ZURUETA – Secretario”. – Publíquese por tres veces en cinco días en el boletín oficial sin necesidad de previo pago.- Secretaria nº 2, Agosto 15 del 2006.
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