BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 04/09/2006

ESCRITURA NUMERO CIENTO CUARENTA Y TRES.- N° 143.- CESION DE CAPITAL COMANDITARIO.- En esta ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil seis, ante mí, Carolina Alexander, Escribana Autorizante Titular del Registro Número 62, comparecen: don Roberto Antonio Reinhold, argentino, Libreta de Enrolamiento número 8.468.838, CUIT 20-08468838-0, divorciado, de profesión comerciante, de 55 años de edad, domiciliado a los efectos legales en calle Güemes número 1.038 de esta ciudad; don Diego Roberto Reinhold, argentino, Documento Nacional de Identidad Número 28.073.395, CUIT 20-28073395-5, soltero, de profesión comerciante, de 25 años de edad, domiciliado en calle Güemes número 1.038 de ésta ciudad; y doña María Jimena Reinhold, argentina, Documento Nacional de Identidad Número 28.537.487, CUIL 27-28537487-7, soltera, de profesión estudiantes, de 24 años de edad, domiciliado en calle Güemes número 1.038 de ésta ciudad.- Todos son mayores de edad, capaces, personas de mi conocimiento doy fe, así como que intervienen: doña María Jimena Reinhold por sus propios derechos, y don Diego Roberto Reinhold como suscriptor de capital comanditario y don Roberto Antonio Reinhold, como socio comanditado y como suscriptor de capital comanditario. I- ANTECEDENTES: Y don Roberto Antonio Reinhold, y don Diego Roberto Reinhold expresan que son los únicos integrantes de “DROGUERIA BELGRANO SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES”, CUIT 30-53189257-3, con domicilio legal en calle Güemes número 1.040 de ésta ciudad, justificando la existencia de la sociedad con los siguientes instrumentos: a) el contrato constitutivo pasado por escritura número cuatrocientos treinta y uno de fecha veinte de abril de mil novecientos setenta y uno, autorizada por el Escribano Alfredo Luis Benítez, Titular del Registro Nº 2, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha veintiuno de mayo de 1971, bajo el número de orden 2.998, al folio 357/65 y Legajo XXXVI del Registro de Escrituras Mercantiles; b) Aumento de capital pasado por escritura número doscientos cuarenta y seis de fecha veinticuatro de abril de 1981, autorizada por el Escribano César Ricardo Frías, Adscripto al Registro Nº 5, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha veintidós de febrero de 1982, bajo asiento 4.339, al folio 66/69, Tomo I, del Legajo XLVII del Registro de Escrituras Mercantiles; c) Acta de Asamblea Nº 1 de fecha veintiocho de marzo de 2.000, de Prórroga de contrato social y cambio de domicilio social, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha veintiocho de abril de 2.000, bajo asiento número 2, al folio 16/17 y Legajo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.C.A., d) Acta de Asamblea Nº 2 de fecha siete de agosto de 2.000, retiro de la socia comanditada doña Susana Rebeca Reinhold, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha quince de diciembre de 2.000, bajo asiento número 3, al folio 18/20 y Legajo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles; y e) Cesión de capital comanditario pasado por escritura número 166 de fecha veintiuno de septiembre de 2.005, autorizada por mí, titular del Registro Nº 62; inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha veinticuatro de noviembre de 2.005, bajo asiento número 21, al folio 84/88 y Legajo VI de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías.- El señor Roberto Antonio Reinhold concurre al acto como socio comanditado, justificando su personería con los siguientes instrumentos: a) el contrato constitutivo pasado por escritura número cuatrocientos treinta y uno de fecha veinte de abril de mil novecientos setenta y uno, autorizada por el Escribano Alfredo Luis Benítez, Titular del Registro Nº 2, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha veintiuno de mayo de 1971, bajo el número de orden 2.998, al folio 357/65 y Legajo XXXVI del Registro de Escrituras Mercantiles, y ; b) Acta de Asamblea Nº 2 de fecha siete de agosto de 2.000, de retiro de la socia comanditada doña Susana Rebeca Reinhold, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha quince de diciembre de 2.000, bajo asiento número 3, al folio 18/20 y Legajo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles.- Los señores Roberto Antonio Reinhold y Diego Roberto Reinhold concurren al acto como suscriptores de capital comanditario, que según el estatuto constitutivo y aumento de capital, asciende a la suma de doscientos veinticinco millones trescientos diez mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,22531), justificando el carácter invocado con los siguientes instrumentos: a) Con la exhibición para su acreditación de la totalidad de las acciones que integran el capital comanditario, a nombre de Roberto Antonio Reinhold y Diego Roberto Reinhold impresas en títulos representativas de veintidós mil quinientas treinta y un (22.531) acciones, de diez mil pesos ley 18.188 cada una, por un total de doscientos veinticinco millones trescientos diez mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,22531), y las constancias que surgen del libro de registro de acciones, según el art. 213 de la ley 19.550 y los arts. 6º y 7º del decreto reglamentario 259/96, reglamentario de la ley 24.587 sobre nominatividad de los títulos valores privados, y certificado emitido por la sociedad.- II- CESION DE CAPITAL COMANDITARIO.- ROBERTO ANTONIO REINHOLD A FAVOR DE MARIA JIMENA REINHOLD.- PRIMERO: Don Roberto Antonio Reinhold, cede a doña María Jimena Reinhold, quién acepta, setenta y cinco (75) acciones del capital comanditario de diez mil pesos ley 18.188 cada una, por un total de setecientos cincuenta mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,00075), valor nominal.- SEGUNDA: El cedente declara: a) que no está inhibido para disponer de sus bienes; b) que las acciones de capital comanditario, se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones u otras restricciones a la libre disposición de las acciones cedidas; y c) que no está comprendidos dentro de las normas de la ley 24.522.- III- MODIFICACIÓN DE LA CLAUSULA CUARTA DEL CONTRATO CONSTITUTIVO: En virtud de la presente cesión de acciones de capital comanditario, los socios Roberto Antonio Reinhold, Diego Roberto Reinhold, y María Jimena Reinhold resuelven modificar la cláusula cuarta, que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: “Cuarto: El capital social se fija en la suma de doscientos treinta millones pesos ley 18.188 (hoy $ 0,23) de los cuales, a) la suma de doscientos veinticinco millones trescientos diez mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,22531), corresponden al capital comanditario, dividido en veintidós mil quinientas treinta y un acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción, cuyo valor nominal es de diez mil pesos ley 18.188 cada una; b) cuatro millones seiscientos noventa mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,00469) al capital comanditado.- El capital comanditario ha sido aportado e integrado en efectivo, conforme al siguiente detalle: don Roberto Antonio Reinhold, veintidós mil trescientos ochenta y seis (22.386) acciones, de diez mil pesos ley 18.188 cada una, o sea la suma de doscientos veintitrés millones ochocientos sesenta mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,22386), don Diego Roberto Reinhold setenta y cinco (75) acciones, de diez mil pesos ley 18.188 cada una, o sea la suma de setecientos cincuenta mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,00075); y doña María Jimena Reinhold setenta y cinco (75) acciones, de diez mil pesos ley 18.188 cada una, o sea la suma de setecientos cincuenta mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,00075).- El capital comanditado está suscripto e integrado en efectivo por el socio comanditado don Roberto Antonio Reinhold, por la suma de cuatro millones seiscientos noventa mil pesos ley 18.188 (hoy $ 0,00469)”.- Quedan subsistentes las demás cláusulas del contrato social.- TRAMITES DE INSCRIPCION.- Por último, los socios encomiendan a la Escribana autorizante, y a los Doctores Alejandro Hugo Domínguez, y/o Pablo Marcelo Menéndez, yo Diego Cussel, para que en forma conjunta, separada o indistinta, gestionen la conformidad de la autoridad administrativa de contralor y soliciten la inscripción en el Registro Público de Comercio de ésta ciudad, del presente instrumento A tal efecto los facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones o ampliaciones de las presentes cesiones, que dichos organismos estimaren procedentes, firmando todos los instrumentos privados y públicos necesarios, así como también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos.- Igualmente los faculta para interponer todos los recursos que las leyes procesales, administrativas, y de sociedades comerciales prevén, firmando escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin y para que realicen todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueren necesarios para el mejor desempeño del mandato.- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes, como acostumbran hacerlo, por ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.- FIRMADO: Roberto Antonio Reinhold, Diego Roberto Reinhold, María Jimena Reinhold.- Esta mi firma sobre el sello notarial : CAROLINA ALEXANDER, ESCRIBANA TITULAR R. Nº 62, SAN SALVADOR DE JUJUY.-

CONCUERDA: Con su matriz que pasó ante mí al folio doscientos setenta del Protocolo Sección A del Registro Número 62 a mi cargo, doy fe.- Expido para los CESIONARIOS esta PRIMERA COPIA O TESTIMONIO en tres fojas de Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

ESC. PUB. NAC. CAROLINA ALEXANDER, Titular del Reg. Nº 62, S.S. de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de agosto de 2006.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mes Gral. de Entrada

Por Habilitación al Juzgado de Comercio

4 SEPT. LIQ. Nº 59021 $ 52,70