BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 18/08/2006
DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ – JUEZ, de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-86359/03, caratulado: “INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS PROMOVIDO POR EL DR. SAID JORGE LLAPUR C/ JAVIER STORNI – LISANDRO MEYER”, se les hace saber al SR. MEYER LISANDRO la siguiente resolución que a continuación se transcribe en todas sus partes: ///SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de JUNIO DEL 2006. AUTOS Y VISTO:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el SR. SAID JORGE LLAPUR en contra de los SRES. LISANDRO MEYER y CESAR JAVIER STORNI, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: DOS MIL CIENTO SESENTA ($ 2.160,00) con mas la suma de ($ 159,50) en concepto de gastos y en contra de los SRES. CESAR JAVIER STORNI Y SR. LISANDRO MEYER por la suma de PESOS TRESCIENTOS ($ 300) a cada uno respectivamente (ver fs. 187 vltas), aplicando al capital reclamado el interés promedio de la tasa pasiva que para el uso de la justicia publica mensualmente el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (L.A. 37- Fº 1.187/1188 Nº 538- 15/12/94) desde la mora y hasta el efectivo pago, el que deberá calcularse conforme al comunicado Nº 14.290 del Banco Central de la República Argentina (Libro de Acuerdos Nº 45 – Fº 977/978, Nº 429) de fecha 29 de Octubre del 2002 desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). III.– Regular los honorarios profesionales del DR. SAID JORGE LLAPUR en la suma de PESOS: CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 146), los que estarán a cargo de los demandados por la labor profesional desarrollada en autos, según lo dispuesto en el art. 23 de la ley Nº 1687/46 y ACORDADA Nº 140- LIBRO Nº 1 –Fº 181 de fecha 16/09/98 y de conformidad con lo resuelto por el Superior Tribunal de Justicia. IV – Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 16 mandándose notificar la presente resolución por cédula al Sr. CESAR JAVIER STORNI y al SR. LISANDRO MEYER mediante publicación de edictos y en el boletín oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. IV.- Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar, etc.. FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, JUEZ ANTE MI MARTA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA.-
Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DE JUNIO DE 2006.-
16/18/25 AGOSTO LIQ. Nº 55401 $ 17,70








