BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 11/08/2006

DR. NORBERTO A. COSTAMAGNA, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº A- 20.293/03 caratulado: “DIVORCIO VINCULAR: TOMAS TARIFA C/ BASILIA SANCHEZ ORTEGA”, se ha dictado la siguiente providencia: SAN PEDRO DE JUJUY, 26 de agosto de 2003.- I.- Téngase por presentada a la Dra. Graciela A. Silva , Defensora Regional de Ledesma, en nombre y representación de Tomás Tarifa, a mérito de carta poder que se adjunta, por constituido domicilio procesal, por parte.- II.- La prueba instrumental ofrecida, agréguese en autos y téngase presente.- III.- Admítase la presente demanda de divorcio de vincular y dese tramite ordinario, en consecuencia córrase traslado de la misma con las copias respectivas a LA. demandada para que la conteste dentro de los quince días de notificada, bajo apercibimiento de tenerla por contestada.- IV.- Atento el desconocimiento del domicilio de la demandada, líbrese oficio al Juzgado Electoral a efectos de que informe sobre el mismo, facultándose para su diligenciamiento a la peticionante.- V.- Concédase al ocurrente el beneficio de justicia gratuita en forma provisoria, Arts. 108 y 113 del CPC.- VI.- Notificaciones en Secretaria, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado.- VII.- Notifiquese.- Fdo. DR. NORBERTO A. COSTAMAGNA, JUEZ , ante mi: DR. HUGO CESAR MOISES HERRERA – Secretario” –

SAN PEDRO DE JUJUY, 17 de abril de 2006.-

09/11/14 AGOSTO LIQ. Nº 55366 $ 17,70