BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 28/07/2006

La Dra. Olga del V. Villafañe, Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 2 de la Provincia de Jujuy, Secretaría 3, en el Expte. N°B-115051/04: “EJECUTIVO P. VIA – MAS VENTAS S.A. C/ SANAVIA, CARLOS RENE”, se hace saber al demandado Sr. SANAVIA CARLOS RENE, que se ha dictado la siguiente providencia:.. “SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 DE JUNIO DEL 2.004.-conforme a las constancia de autos y lo solicitado por la Autora en el escrito que antecede, hágase afectivo el apercibimiento oportunamente decretando en contra del demandado Sr. CARLOS RENE SANAVIA y téngase por expedita la vía ejecutiva librándose en su contra mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y DOS CTVOS.($ 286,42), en concepto de capital reclamado, con más la de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA ($480,00), presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio.–Asimismo cítesela de REMATE a la parte demandada por el termino de CINCO DIAS para que concurra por ante éste Juzgado y Secretaria 3, a oponer excepciones legitimas si las tuvieres, y constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS, del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda y otros gravámenes y en caso afirmativo, exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez Embargante.- Al efecto, comisionase al Sr. Oficial de Justicia con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública se fuere necesario.-Asimismo, intimase a la demandada, para que en el mismo plazo antes fijado constituye domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETRO del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, toda las posteriores notificaciones que se dicten (Art.52 del C.P.C) .-Notifíquese.- Fdo.: Dra. Olga del V. Villafañe –Juez.- Dra. NORA AIZAMA- Secretaria.- Es copia”.-

Publíquense en el Boletín Oficial y en un Diario local, por TRES VECES EN CINCO DIAS.-

SECRETARIA N°3, 26 MAYO DEL 2.006

28/31 JULIO 02 AGOSTO LIQ. Nº 55307 $ 17,70