BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 24/07/2006
JOSE LUIS CARDERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 1, EN EL EXPTE. B- 127.637 /04: EJECUTIVO : CREDIMAS S.A.- c/ DURAN ROSANA LUCRECIA¨, proceda a notificar a la demandada Sra. DURAN ROSANA LUCRECIA la siguiente RESOLUCION: /// SAN SALVADOR DE JUJUY 21 DE JUNIO DEL 2006. I.- Por presentado el Dr. Juan Genaro Brizuela en calidad de apoderado de CREDIMAS S.A. , por constituido domicilio legal y por parte, a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que se acompaña. II.- Atento lo solicitado y lo previsto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C; líbrese mandamiento de pago, ejecución de embargo en contra del a demandada DURAN ROSANA LUCRECIA, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS C/14/100 ($ 456,14) en concepto de capital y con más la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS C/84/100 ( $ 136,84), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, TRÁBESE DE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto, cíteselo de remate para que se oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1; bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución .-
III.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que por derecho hubiere lugar.-
IV.- Por el mismo termino, intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.-
V.- Para el cumplimiento de lo ordenado, líbrese mandamientos al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso.-
VI.- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguientes día hábil si alguno de ellos fuere feriado
VII:_ Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DIAS.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de MAYO DEL 2006.-
21/24/26 JULIO LIQ. Nº 55278 $17,70.-








