BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 24/07/2006

El Juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº4, en el expte. Nº B- 103594/03, caratulado “CREDIMAS S.A. c/ CASTILLO RIVERA JUAN MANUEL S/ EJECUTIVO- PREPARA VIA EJECUTIVA, se notifica por este medio al Sr. Castillo Rivera Juan Manuel la resolución de fs. 55/56: SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 DE MAYO DE 2005.-AUTOS Y VISTOS….RESULTA…CONSIDERANDO:….RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por CREDIMAS S.A., en contra de Sr. Juan Manuel Castillo Rivera, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($1.236,65)por tratarse de una operación comercial, corresponde aplicar el interés de la tasa activa que publica mensualmente el Bco. Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales desde la mora y hasta su efectivo pago , con mas el 50% de los intereses punitorios de lo que resulte de los compensatorios. II.- Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C). III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Juan Genaro Brizuela por la labor desarrollada en autos por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450,00) .Por los motivos expuestos en los considerandos, a los que se le aplicarán los mismos intereses que al capital una vez que la presente resolución quede firme, con mas IVA si correspondiere. IV.- Intimar al letrado a retirar el documento original, motivo de la presente ejecución en el termino de cinco días de notificado bajo expreso apercibimiento de proceder a glozarlo a los presentes autos. V.- Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en consecuencia notifíquese la presente resolución por edictos y en lo sucesivo por Ministerio de Ley. VI.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo. Olga del Valle Villafañe de Griot- Juez, ante mi: Dra. María Florencia Carrillo- Secretaria, es copia fiel.

Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en cinco días.

San Salvador de Jujuy, 03 de marzo de 2006.-

21/24/26 julio Liq. Nº 55276 $17,70.-