BOLETÍN OFICIAL Nº 75 – 07/07/2006
Dr. JORGE MANUEL ALVAREZ PRADO, Juez de Instruction en lo Penal Nº Uno de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº 1774/01, caratulado: AGUIRRE, Carlos; p.s.a. de Atentado a la Autoridad Agravado en concurso ideal de Lesiones Graves, Robo y Participación Criminal; ABELLA, Hugo Daniel; ALANIZ, Ramón Angel y ELEY …; p.s.a. de Participación Criminal. Palpalá”; de conformidad a lo dispuesto por el art. 140 del Código Procesal Penal, procede por el presente a notificar a los provenido, que en la causa de mención se ha dictado el siguiente decreto: ///Salvador de Jujuy, Junio 26 de 2.006.- … Notifíquese mediante edictos, art. 140 del C.P.P., la resolución de fojas 244/251 vta., de fecha 21 de abril de 2.006.- que dice así: “///Salvador de Jujuy, Abril 21 de 2.006.- AUTOS Y VISTOS: … RESULTA: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: RESUELVO:1-Dictar auto de Procesamiento en contra de ABELLA JULIO DANTE, ya filiado, calificando su conducta como participe de los delitos de lesiones graves y robo, en concurso real, de acuerdo a los arts. 45, 90, 164 y 55 del C.P.; debiendo mantener su libertad de acuerdo al art. 328 del C.P.P..-2-Trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de mil pesos ( $1.000,00), para responder a las ulteriores del Proceso, de acuerdo al art. 523 del C.P.P..-3- Dictar Auto de Falta de Mérito a favor de los Imputados ELEIT ANDRES DANIEL y ALANIZ RAMON ANGEL, en cuanto a la imputación como participes de los delitos de lesiones graves y robo de acuerdo al art. 329 del C.P.P..-4- Dictar sobreseimiento parcial a favor de los Imputados ABELLA JULIO DANTE; ELEIT ANDRES DANIEL y ALANIZ RAMON, en cuanto a la Imputación, de Atentado a la Autoridad Calificado, por prescripción de la Acción Penal, de acuerdo al art. 348 inc. 4º del C.P.P..-5- Protocolizar, hacer saber, notificar, etc..- Fdo: Dr. JORGE MANUEL ALVAREZ PRADO -Juez- por ante mí Dr. JORGE RODOLFO ZURUETA-Secretario”; a los prevenidos Julio Dante Abella y Ramon Angel Alaniz, asimismo cítese a comparecer, por ante éste Juzgado y Secretaría al procesado Julio Dante Abella, dentro del septimo día de notificación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su detención, -art 151 y cc., del C.P.P.-Notifíquese.-Fdo: JORGE MANUEL ALVAREZ PRADO -JUEZ, por ante mí, Dr. JORGE RODOLFO ZURUETA -SECRETARIO”.-
Publíquese por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial.-
SECRETARIA Nº 2, Junio 26 de 2.006.- ES COPIA.-
07/10/12 JULIO S/C








