BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 03/07/2006
El C.P.N. Guillermo Horacio Sapag, Director Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy, en la Actuación Nº 1287-DF-2001, caratulada “GRAND PRIX S.R.L. – Reg.: A-1-22043 C.U.I.T. Nº: 30-68.733.834-7 – Verificación Rápida del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y Sellos Vencido 2.001”, notifica al Contribuyente GRAN PRIX S.R.L., la Resolución Nº 1129/2006, y cuya parte dispositiva expresa:
San Salvador de Jujuy, 22 de Mayo del 2.006. VISTO la Actuación Nº 1287-DF-2001 “GRAND PRIX S.R.L. – Verificación Rápida” y CONSIDERANDO Que, a fs. 175-177, obra la Nota Nº 3542/05, por la que se corre vista a GRAND PRIX S.R.L. (en los términos del Artículo 39 del Código Fiscal) de los cargos e imputaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Por la misma se calcularon diferencias de impuesto por los períodos fiscales: Marzo/1996 a Diciembre/1.996, Enero/1.997 a Diciembre/1.997, Enero/1.998 a Diciembre/1.998, Abril/2.000 a Septiembre/2.000, Abril/2.001 a Agosto/2.001. Que, los ajustes practicados, en valores históricos, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, surgen de los Débitos Fiscales declarados por la firma ante la AFIP-DGI por el periodo 1.997, mediante Nota de fecha 13 de Febrero del 2.002 (fs. 140), se realizó una determinación de la base imponible correspondiente al período 12/1.997, en virtud de que la base imponible relevada a partir de los libros presentados por el Contribuyente no se equiparan con las bases declaradas en iguales períodos del año anterior como de años posteriores. Que, debidamente notificada en fecha 17 de Febrero del 2.005 (fs. 181-182), la Contribuyente no ha comparecido a contestar la vista conferida, habiendo vencido el plazo concedido para tal fin. POR ELLO, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 39 y 47 del Código Fiscal (Ley Nº 3202/75 T.O. 1.982 y modif.) RESUELVO ARTÍCULO 1.- DETERMINAR en la suma de PESOS TREINTA MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 30.183,44), la deuda que, en valores históricos, que en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, mantiene GRAND PRIX S.R.L., Reg. A-1-22043, CUIT Nº 30-68.733.834-7, con domicilio en Caseros Nº 1150 C/P 4.400 – Salta; por los periodos fiscales: Marzo/1996, Abril/1.996, Mayo/1.996, Junio/1.996, Julio/1.996, Agosto/1.996, Septiembre/1.996, Octubre/1.996, Noviembre/1.996, Diciembre/1.996, Enero/1.997, Febrero/1.997, Marzo/1.997, Abril/1.997, Mayo/1.997, Abril/1.997, Mayo/1.997, Junio/1.997, Julio/1.997, Agosto/1.997, Septiembre/1.997, Octubre/1.997, Noviembre/1.997, Diciembre/1.997, Enero/1.998, Febrero/1.998, Marzo/1.998, Abril/1.998, Mayo/1.998, Junio/1.998, Julio/1.998, Agosto/1.998, Septiembre/1.998, Octubre/1.998, Noviembre/1.998, Diciembre/1.998, Abril/2.000, Mayo/2.000, Junio/2.000, Julio/2.000, Agosto/2.000, Septiembre/2.000, Abril/2.001, Mayo/2.001, Junio/2.001, Julio/2.001, y Agosto/2.001, monto que no incluye accesorios, los que serán computados desde la mora hasta la fecha de efectivo pago. ARTÍCULO 4.- APLICAR al Contribuyente GRAND PRIX S.R.L., una Multa de PESOS NUEVE MIL CINCUENTA Y CINCO CON TRES CENTAVOS ($ 9.055,03), conforme lo normado en el Artículo 47 del Código Fiscal, a la que se le aplicarán los mismos intereses que el capital.- Fdo. : C.P.N. Guillermo Horacio Sapag, Director Provincial de Rentas
03/05/07/10/12 JULIO S/C








