BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 30/06/2006

PRIMER TESTIMONIO – ESCRITURA NUMERO DOSCIENTOS DIECISEIS (216).- PROTOCOLO”A”.- CESION DE CUOTAS SOCIALES.- SILVIA NOEMI JARMA a favor de la señorita CAROLINA FABIANA LAFUENTE.- En la ciudad de San Pedro de Jujuy, Capital del Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los seis días del mes de Junio del año dos mil seis, ante mí:- Olga Olivia Otero, Escribana Nacional, Titular del Registro Notarial N°14, comparecen:- por una parte la señorita SILVIA NOEMI JARMA, argentina, Documento Nacional de Identidad N°20.701.570, de 36 años de edad, nacida el 28 de Junio de 1969, soltera, farmacéutica, con domicilio en calle Fascio N°139 de esta ciudad; y por la otra la señorita CAROLINA FABIANA LAFUENTE, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº22.715.919, de 34 años de edad, nacida el 24 de Abril de 1972, soltera, de profesión farmacéutica, domiciliada en avenida 25 de Mayo Nº66 – Barrio 14 de Abril de esta ciudad.- Ambas comparecientes son personas capaces, mayores de edad, hábiles, de mi conocimiento, doy fé y la primera de las nombradas dice:- Que es socia comanditada, integrante de la razón social FARMACIA INSTITUTO DEL NORTE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, con domicilio legal en calle Vélez Sarsfield Nº112 de esta ciudad de San Pedro de Jujuy, conforme a la documentación que más adelante se relacionará, y seguidamente expresa:- PRIMERO: Que la referida Sociedad en Comandita Simple se encuentra constituida a la fecha por la Srta. Silvia Noemì JARMA y el Sr. Julio Héctor BARRERA, a mérito de:- a) Escritura Pública Nº194 de fecha 25 de Junio de 2004, de Contrato Constitutivo de Farmacia Instituto Del Norte S.C.S., inscripta en el Registro Publicó de Comercio al folio 60/62 el 25 de Agosto de 2004, y copia bajo Asiento Nº11, Legajo V de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías; y b) Escritura Pública Nº 277 de fecha 17 de Setiembre de 2004, de Cesión de Cuotas Sociales otorgada en su favor, e inscripta en bajo Asiento Nº16, al Folio 90 /92 del Legajo V de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías, en fecha 21 de Diciembre de 2004, ambas autorizadas por ante el Registro Notarial a mi cargo, cuyas fotocopias debidamente autenticadas agrego al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la presente escritura, doy fé.- SEGUNDO:- Que conforme lo aprobado por Acta de Asamblea de Socios de fecha 05 de Junio de 2006, cuyo original tengo a la vista y en fotocopia autenticada agrego al Legajo de Comprobantes, por este acto la Srta. Silvia Noemì JARMA CEDE Y TRANSFIERE A TITULO GRATUITO en favor de la srta. Carolina Fabiana LAFUENTE, la totalidad de las cuotas societarias que tiene y le corresponden en la referida sociedad, y alcanzan al uno por ciento (1%).- TERCERO:- Consecuentemente, LA CEDENTE Silvia Noemì JARMA declara:- 1) Que no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes; 2) Que transfiere todos los derechos que le corresponden y pudieran corresponderle en la mencionada sociedad, subrogando a LA CESIONARIA srta. Carolina Fabiana LAFUENTE en su mismo lugar, grado y prelación, surtiendo efectos la presente cesión de cuotas sociales a partir de la suscripción de la presente escritura, y siendo por lo consiguiente LA CESIONARIA, propietaria de las mismas y sus rentas, impuesta en pleno conocimiento del activo y pasivo social.- 3) Que se responsabiliza en forma solidaria por todo pasivo que derivado de causas anteriores a este acto pudieran manifestarse en el futuro.- CUARTO:– LA CESIONARIA srta. Carolina Fabiana LAFUENTE acepta la Cesión de Cuotas Sociales conferida en su favor y en las condiciones antes expresadas.- QUINTO:- LA CESIONARIA y el Sr. HECTOR JULIO BARRERA, argentino, Libreta de Enrolamiento Nº8.518.551, también presente en este acto, y partir de la fecha únicos integrantes de Farmacia Instituto Del Norte S.C.S. continúan expresando:- Que en virtud de la presente cesión de cuotas sociales, y lo establecido en Acta de Asamblea de Socios antes referenciada, resuelven adecuar las cláusulas QUINTA y SEXTA del Contrato Social respectivo, que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción:- “QUINTA:- Administración:- La socia comanditada Carolina Fabiana LAFUENTE, tendrá a su cargo la administración, representación y uso de la firma respecto de Farmacia Instituto Del Norte S.C.S..- En ejercicio de ello, queda expresamente facultada para celebrar y concluir toda clase de contratos, actos y acuerdos destinados al cabal cumplimiento del objeto social establecido, pudiendo al efecto comprar, vender y permutar toda clase de bienes muebles que hacen al giro ordinario de la sociedad; abrir y clausurar cuentas bancarias y celebrar todo tipo de acuerdos de comercialización con instituciones públicas o privadas.- Queda asimismo facultada a la firma de contratos de locación, venta, permuta y prenda de bienes muebles de la sociedad, con expreso acuerdo de socios en Asamblea General, quedándole absoluta e insanablemente prohibido el uso de la firma en garantía o avales de operaciones ajenas al interés social y al giro ordinario de Farmacia Galénica S.C.S..- SEXTA:- Remuneraciones del Administrador:- Honorarios:- quedan establecidos en la suma de Pesos Un Mil Setecientos ($1.700.-) y serán abonados en forma mensual, desde el segundo período de actividades, independientemente de las sumas dinerarias devengadas por su participación social en las ganancias y que surjan de los balances respectivos”.- Finalmente, los socios Sres. Héctor Julio BARRERA y Carolina Fabiana LAFUENTE, facultan a la Escribana autorizante para que realice ante el Registro Público de Comercio, todas las tramitaciones y diligencias necesarias para lograr la inscripción de la presente escritura.- Previa lectura y ratificación firman como acostumbran hacerlo por ante mí que doy fe.- Hay tres firmas que pertenecen a: SILVIA NOEMI JARMA; CAROLINA FABIANA LAFUENTE y HECTOR JULIO BARRERA.- Está mi sello Notarial. ANTE MI: OLGA OLIVIA OTERO – Escribana Nacional – Registro Notarial Nº14 – JUJUY.-

CONCUERDA: Con su escritura matriz que autoricé en el Protocolo A del Registro Notarial a mi cargo a folio 327, doy fè.-

PARA LOS INTERESADOS: Expido PRIMER TESTIMONIO en dos fojas de Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

ESC. PUB. OLGA OLIVIA OTERO, titular de reg. Nº 14, S.Pedro. de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de junio de 2006.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa Gral. de Entrada

Por habilitación al Juzgado de Comercio

30 JUNIO LIQ. Nº 55213 $ 52,70