LEY Nº 838
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 838
ARTICULO 1.- Concédese una subvención de “dos mil quinientos pesos
moneda nacional”, ($2.500,00 m/n), para que los estudiantes de quinto
año del Colegio Nacional, realicen una gira de estudio por la
República.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- Comuníquese, al P. Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Julio 31 de 1928.-
M. J. QUINTANA EMILIO SILVETTI
Secretario Presidente