BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 02/06/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº. 7 – SECRETARIA Nº. 14, en el Expte. Nº B- 145.024/05, caratulado: “EJECUTIVO: ELIODORO SEGOVIA REINOSO C/JORGE RUBEN LAMAS”, se hace saber al demandado Sr. JORGE RUBEN LAMAS, las providencias dictadas en autos: “SAN SALVADOR DE JUJUY, ,12 de mayo de 2006.- Proveyendo a la presentación de fs. 60: Atento a lo manifestado y constancias de autos (fs. 57,53, 50, 39, 30 vta.) notifiquese la providencia de fs. 12 al demandado, mediante Edictos (Art. 162 del C.P.C) .- Notifíquese y expídanse Edictos.- Fdo.: Dra. AMALIA I. MONTES – JUEZ. Ante mí: Dra. MARIA JULIA GARAY – Secretaria.- PROVIDENCIA DE FS. 12: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de septiembre de 2005.- Proveyendo a la presentación de fs. 6/8: Por presentada la Dra. VERONICA DINA LORENZONE, en nombre y representación de ELIODORO SEGOVIA REINOSO por constituido domicilio legal y parte, a mérito de la fotocopia juramentada de Poder General para Juicios obrante a fs. 3 y vta. – Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los artículos 472, inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado JORGE RUBEN LAMAS, en el denunciado, mandamiento de pago, ejecución y citación de remate por la suma de PESOS UN MIL ($1.000,00), en concepto de capital con más la de PESOS TRESCIENTOS ($300) CALCULADA PROVISORIAMENTE PARA ACRECIDAS Y COSTAS DEL JUICIO. En defecto de pago, trábese embargo…- Asimismo cíteselo de remate para que en el término de CINCO DÍAS, con DOS DÍAS, en razón de la distancia, concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses y costas, por igual término que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en los sucesivo por Ministerio de la Ley (art. 52 del idem) .- Fdo. AMALIA I. MONTES – JUEZ. Ante mí: Dra. MARIA JULIA GARAY- Secretaria”.-

Publíquese Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir del quinto día de la última publicación de edictos y la copia para traslado se encuentra en Secretaría a su disposición.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de mayo de 2006.-

02/05/07 JUNIO LIQ. Nº 55051 $ 17,70