BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 31/05/2006
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL –SALA IV-
VOCALIA: Dr. HUGO ALFREDO BELTRAMO, en el EXPTE. Nº A-27274/05: “ORDINARIO: CARMEN ARGÜELLO c/KARIN FABIAN CHOQUE, EMA SONIA TACHE Y JULIO HUGO DIAZ” procede a notificar el decreto que a continuación se transcribe:”///…San Pedro, 26 de Agosto de 2005.- I.- Avocase la Sala IV, de la Cámara en lo Civil y Comercial para el entendimiento de la presente causa, haciéndosele saber que el proveyente asume la Presidencia de Trámite.- II.- Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en la providencia de fs. 52, y tal como lo denuncia a fs. 54/55, dése por presentado al Dr. HERNAN CESAR PALOMARES para actuar en nombre y representación de CARMEN ARGUELLO , quien concurre en representación de sus hijos menores CARINA DEL VALLE HEREDIA, JOSE LUIS HEREDIA, JUDITH ELIZABETH HEREDIA y LEOPOLDO RODOLFO HEREDIA, a mérito del instrumento que se adjunta. Asimismo, intímeselo para que en el plazo de Cinco días constituya domicilio legal en los términos del art. 52 del C.P.C.- III.- De la demanda interpuesta la que se tramitará de acuerdo las normas del juicio ordinario (art. 287 del C.P.Civil), córrasele traslado a los demandados Sres. KARIN FABIAN CHOQUE y EMA SONIA TACHE, en los domicilios denunciados, para que la contesten en el plazo de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de tenerlos por contestados si así no lo hicieren. (art. 298 C.P.Civil)IV Intímense a los accionados para que en el plazo antes señalado constituyan domicilio legal dentro del radio de tres (3kms) kilómetros del asiento de esta Sala IV, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones –cualesquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley (Art. 52 C.P.Civil). Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- V.- Conforme lo peticionado por la actora a fs. 41 y atento a lo dispuesto por el art. 79 del Código Procesal Civil y art. 118 de la Ley de Seguros Nº 17418, cítese como tercero en garantía de la controversia a LIDERAR COMPAÑÍA GENERAL DE SEGUROS S.A. en el domicilio denunciado y emplázaselo a fin de que en el término de QUINCE DÍAS con más VEINTE DÍAS respectivamente de ampliación legal en razón de la distancia, comparezca para estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho de intervenir en el proceso, si así no lo hiciere. Asimismo, intímeselo para que en el plazo antes señalado constituya domicilio legal dentro del radio de tres (3kms) kilómetros del asiento de esta Sala IV, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones –cualesquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley (Art. 52 C.P.Civil). Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- VI …- VII.- …VIII.-….- IX.-… Facultase al Dr. Hernán C. Palomares y/o la persona que el mismo indique para su diligenciamiento.- X.- Notifíquese.- Fdo. Dr. HUGO ALFREDO BELTRAMO – Vocal Pte. de Trámite; ante mi: -Dr. JUAN CARLOS CORREA – SECRETARIO”.- Es copia
Publíquese por tres (3) en cinco (5) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación Provincial
San Pedro de Jujuy, 12 de mayo del 2006.-
29/31 Mayo 2 Junio Liq. Nº 55024 $ 17,70








